SUBVENCIÓN NOMINATIVA 2024 A FAVOR DE LA HERMANDAD DE BELÉN DE PILAS
Importe2500.00–1800 €
Plazo de solicitudHasta 31 dic 2024
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Descripción
Subvención nominativa de 2.500 euros concedida por el Ayuntamiento de Pilas a la Hermandad de Belén (entidad sin ánimo de lucro) para financiar la Salida Procesional de los titulares del Jueves Santo 2024, dentro de las actuaciones de fomento del culto religioso y obra social en el municipio.
Requisitos
- Ser entidad privada sin ánimo de lucro con fines de fomento del culto religioso y obra social
- Estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Pilas
- Disponer de medios y personal adecuado y suficiente para la realización de las actividades
- No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda Pública Estatal y Autonómica, con la Seguridad Social y con el propio Ayuntamiento de Pilas
- Aceptar por escrito la subvención concedida en el plazo de diez días hábiles desde su notificación
- Iniciar las actividades en los dos meses posteriores a la recepción de los fondos
Documentación necesaria
- Memoria justificativa suscrita por el representante legal con las actividades desarrolladas, gastos, resultados, población beneficiaria, metodología y materiales producidos
- Relación suscrita por el beneficiario de la totalidad de los gastos derivados de la actividad, desglosados y detallados, acompañada de copia de facturas originales y/o nóminas estampilladas
- Vida laboral de la CCC y resumen contable de nóminas de la gestoría con la cuota patronal correspondiente
- Declaración suscrita por el beneficiario relativa a la inexistencia de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, o mención expresa de las existentes con importe y procedencia
- Certificado de estar al corriente en obligaciones tributarias con la Hacienda Pública Estatal y Autonómica, con el Ayuntamiento de Pilas y con la Seguridad Social
- Declaración de que los gastos se han aplicado únicamente a las actividades del convenio, indicando que el IVA es concepto elegible por no ser susceptible de recuperación
- Declaración de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Copias de folletos, revistas, comunicaciones en redes sociales, publicaciones web, carteles, soporte fotográfico, registro de asistentes, encuestas de satisfacción y notas de prensa
- Detalle de cuotas patronales mensuales: relación de modelos TC1 y TC2 y justificantes de pago sellados por la entidad bancaria
- Modelo 190 de retenciones IRPF (página resumen) y páginas identificativas de las personas cuyas nóminas se subvencionan
- Modelo 111 de pago de retenciones a cuenta del IRPF y acreditación del pago sellado por la entidad bancaria
- Justificantes de pago mediante transferencia bancaria o cheque firmado (pagos en metálico admitidos solo hasta 150 euros por factura y 3.000 euros en el total de la subvención)
Cómo solicitar
- 1Elaborar el proyecto de actividades y presentarlo en el Ayuntamiento de Pilas (presentado el 03/12/2024, modificado el 11/12/2024)
- 2Firma del convenio regulador entre el Alcalde del Ayuntamiento de Pilas y el representante de la Hermandad de Belén (firmado el 11/12/2024)
- 3Aceptar por escrito la subvención concedida en el plazo de diez días hábiles desde la notificación
- 4Recibir el pago anticipado de hasta el 100% del importe de la subvención a la firma del convenio (exento de garantía)
- 5Ejecutar la actividad subvencionada dentro del plazo establecido (del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024)
- 6Presentar la cuenta justificativa al órgano gestor (Área de Fiestas Mayores) a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Pilas, antes del 31 de marzo de 2025
- 7Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento, evaluación y control financiero del órgano concedente, la Intervención y el Tribunal de Cuentas
Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de Pilas (https://sede.pilas.es) - Área de Fiestas Mayores
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/914382Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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