Ayudalíza
AYUNTAMIENTO DE PILAS

SUBVENCIÓN NOMINATIVA 2024 A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS DE PILAS

ImporteHasta 40.000 €
Plazo de solicitudHasta 31 dic 2024
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Descripción

Subvención nominativa de 40.000 € concedida por el Ayuntamiento de Pilas a la Asociación Empresarial de Pilas (CIF G41813254) para financiar durante 2024 actuaciones de fomento y desarrollo de la actividad comercial e industrial y reactivación económica del municipio, incluyendo promoción del negocio local, encuentro empresarial, mes outlet y bonos al consumo, campaña por lo nuestro, gastos de personal, gestión del convenio y formación a empresas.

Requisitos

  • No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • Estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Pilas
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • Aceptar por escrito la subvención concedida en el plazo de diez días hábiles desde su notificación
  • Cumplir el objetivo y ejecutar el proyecto en el plazo, forma, términos y condiciones establecidos en el convenio
  • Comunicar por escrito al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la misma actividad
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control financiero del órgano concedente, Intervención y Tribunal de Cuentas
  • Dar adecuada publicidad al carácter público de la financiación, incorporando el escudo oficial del Ayuntamiento en placas, carteles, webs, redes sociales y material de difusión
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos
  • Aplicar los rendimientos financieros generados exclusivamente a gastos directos del proyecto subvencionado
  • No transferir ni gestionar los fondos a través de organizaciones intermediarias distintas del beneficiario
  • Solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores para gastos que superen las cuantías de contrato menor de la LCSP o los 3.000 euros

Documentación necesaria

  • Memoria justificativa suscrita y fechada por el representante legal con descripción de actividades desarrolladas, gastos incurridos, resultados, población beneficiaria, metodología y materiales producidos
  • Relación suscrita por el beneficiario de la totalidad de los gastos derivados de la actividad, desglosados y detallados
  • Facturas originales y/o nóminas del personal estampilladas por importe igual o superior al presupuesto aceptado, indicando el porcentaje de imputación a la subvención
  • Vida laboral de CCC y resumen contable de nóminas de la gestoría o contable con la cuota patronal
  • Declaración suscrita por el beneficiario relativa a la inexistencia de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, o mención expresa de las existentes con importe y procedencia
  • Certificado de estar al corriente en los pagos con la Hacienda Pública Estatal
  • Compromiso individual de cada empresario no socio de efectuar y ejecutar las medidas objeto de la subvención
  • Declaración responsable individual de cada empresario no socio de no estar incurso en prohibición para obtener la condición de beneficiario
  • Certificados individuales de cada empresario no socio de estar al corriente con la Seguridad Social y Hacienda
  • Para gastos que superen cuantías de contrato menor: originales de las tres ofertas de diferentes proveedores y, en su caso, memoria justificativa de la elección
  • Relación de los empresarios o negocios beneficiarios o intervinientes (socios y no socios)

Cómo solicitar

  1. 1La Asociación Empresarial de Pilas elabora y presenta el proyecto de actividades al Ayuntamiento (fecha de presentación: 13 de noviembre de 2024)
  2. 2El área de desarrollo económico (órgano gestor) revisa cada actividad/proyecto con descripción detallada, presupuesto y, en su caso, acreditación del procedimiento de subcontratación
  3. 3Toma de razón por la Intervención Municipal y conformidad, si procede, del órgano gestor
  4. 4Firma del convenio de colaboración entre el Alcalde y la Presidenta de la Asociación (22 de noviembre de 2024)
  5. 5Aceptación por escrito de la subvención por la Asociación en el plazo de 10 días hábiles desde la notificación
  6. 6Abono anticipado del 100 % de la subvención (40.000 €) tras la firma del convenio, mediante transferencia a cuenta bancaria única destinada al efecto, sin exigencia de garantías
  7. 7Ejecución de las actividades subvencionadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024
  8. 8Justificación ante el órgano gestor, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, con fecha límite el 31 de marzo de 2025, aportando la cuenta justificativa completa

Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de Pilas (a través del órgano gestor del área de desarrollo económico)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/914389Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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