SUBVENCIÓN NOMINATIVA 2024 A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS DE PILAS
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Descripción
Subvención nominativa de 40.000 € concedida por el Ayuntamiento de Pilas a la Asociación Empresarial de Pilas (CIF G41813254) para financiar durante 2024 actuaciones de fomento y desarrollo de la actividad comercial e industrial y reactivación económica del municipio, incluyendo promoción del negocio local, encuentro empresarial, mes outlet y bonos al consumo, campaña por lo nuestro, gastos de personal, gestión del convenio y formación a empresas.
Requisitos
- No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Pilas
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
- Aceptar por escrito la subvención concedida en el plazo de diez días hábiles desde su notificación
- Cumplir el objetivo y ejecutar el proyecto en el plazo, forma, términos y condiciones establecidos en el convenio
- Comunicar por escrito al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la misma actividad
- Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control financiero del órgano concedente, Intervención y Tribunal de Cuentas
- Dar adecuada publicidad al carácter público de la financiación, incorporando el escudo oficial del Ayuntamiento en placas, carteles, webs, redes sociales y material de difusión
- Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos
- Aplicar los rendimientos financieros generados exclusivamente a gastos directos del proyecto subvencionado
- No transferir ni gestionar los fondos a través de organizaciones intermediarias distintas del beneficiario
- Solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores para gastos que superen las cuantías de contrato menor de la LCSP o los 3.000 euros
Documentación necesaria
- Memoria justificativa suscrita y fechada por el representante legal con descripción de actividades desarrolladas, gastos incurridos, resultados, población beneficiaria, metodología y materiales producidos
- Relación suscrita por el beneficiario de la totalidad de los gastos derivados de la actividad, desglosados y detallados
- Facturas originales y/o nóminas del personal estampilladas por importe igual o superior al presupuesto aceptado, indicando el porcentaje de imputación a la subvención
- Vida laboral de CCC y resumen contable de nóminas de la gestoría o contable con la cuota patronal
- Declaración suscrita por el beneficiario relativa a la inexistencia de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, o mención expresa de las existentes con importe y procedencia
- Certificado de estar al corriente en los pagos con la Hacienda Pública Estatal
- Compromiso individual de cada empresario no socio de efectuar y ejecutar las medidas objeto de la subvención
- Declaración responsable individual de cada empresario no socio de no estar incurso en prohibición para obtener la condición de beneficiario
- Certificados individuales de cada empresario no socio de estar al corriente con la Seguridad Social y Hacienda
- Para gastos que superen cuantías de contrato menor: originales de las tres ofertas de diferentes proveedores y, en su caso, memoria justificativa de la elección
- Relación de los empresarios o negocios beneficiarios o intervinientes (socios y no socios)
Cómo solicitar
- 1La Asociación Empresarial de Pilas elabora y presenta el proyecto de actividades al Ayuntamiento (fecha de presentación: 13 de noviembre de 2024)
- 2El área de desarrollo económico (órgano gestor) revisa cada actividad/proyecto con descripción detallada, presupuesto y, en su caso, acreditación del procedimiento de subcontratación
- 3Toma de razón por la Intervención Municipal y conformidad, si procede, del órgano gestor
- 4Firma del convenio de colaboración entre el Alcalde y la Presidenta de la Asociación (22 de noviembre de 2024)
- 5Aceptación por escrito de la subvención por la Asociación en el plazo de 10 días hábiles desde la notificación
- 6Abono anticipado del 100 % de la subvención (40.000 €) tras la firma del convenio, mediante transferencia a cuenta bancaria única destinada al efecto, sin exigencia de garantías
- 7Ejecución de las actividades subvencionadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024
- 8Justificación ante el órgano gestor, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, con fecha límite el 31 de marzo de 2025, aportando la cuenta justificativa completa
Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de Pilas (a través del órgano gestor del área de desarrollo económico)
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