SUBVENCIÓN NOMINATIVA 2024 A FAVOR DE LA HERMANDAD DE LA SOLEDAD
ImporteHasta 2500 €
Plazo de solicitudHasta 31 dic 2024
Estadocerrada
Análisis con IA para tu perfil
Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.
Descripción
Subvención nominativa de 2.500 euros concedida por el Ayuntamiento de Pilas a la Hermandad de Nuestra Señora de la Soledad (CIF G-41.471.509) para la financiación de la preparación de los altares de la Iglesia Parroquial durante 2024, mediante la adquisición de cera de distintos tamaños.
Requisitos
- Ser entidad privada sin ánimo de lucro con fines de promoción del culto religioso
- Estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Pilas
- Contar con medios y personal adecuado y suficiente para realizar la actividad subvencionada
- No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con Hacienda Pública Estatal y Autonómica
- Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social
- Estar al corriente de las obligaciones fiscales con el propio Ayuntamiento de Pilas
- Aceptar por escrito la subvención concedida en el plazo de diez días hábiles desde su notificación
- Disponer de la autorización del Ayuntamiento para cualquier modificación sustancial del proyecto
Documentación necesaria
- Memoria justificativa suscrita y fechada por el representante legal de la entidad con indicación de actividades desarrolladas, gastos, resultados, población beneficiaria, metodología e instrumentos utilizados, y anexo de materiales producidos
- Relación suscrita por el beneficiario de la totalidad de los gastos derivados de la actividad, desglosados y detallados, con copia de facturas originales y/o nóminas del personal estampilladas
- Facturas originales marcadas con estampilla indicando la imputación total o parcial a la subvención con el texto: 'Subvención del Ayuntamiento de Pilas del año 2024, siendo imputado el gasto en un ____ %, por un importe de ______________ euros'
- Declaración suscrita por el beneficiario relativa a la inexistencia de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, o mención expresa de otros ingresos con importe y procedencia
- Certificado de estar al corriente en obligaciones tributarias con Hacienda Pública Estatal y Autonómica, con el Ayuntamiento y con la Seguridad Social
- Declaración de aplicación de los gastos únicamente a las actividades de la memoria de ese año, incluyendo IVA como concepto elegible
- Declaración de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003
- Copias de folletos, revistas, comunicaciones en redes sociales, publicaciones en páginas web y carteles con publicidad de los programas subvencionados, además de soporte fotográfico de eventos, registro de asistentes, encuestas de satisfacción y notas de prensa
- Detalle de cuotas patronales mensuales: relación de modelos TC1 y TC2 y justificantes de pago sellados por la entidad bancaria
- Modelo 190 de retenciones IRPF con página resumen de presentación y páginas de identificación de personas con nóminas subvencionadas
- Modelo 111 de pago de retenciones a cuenta del IRPF con acreditación del pago sellado por la entidad bancaria
- Justificantes de pago mediante transferencia bancaria, cheque firmado o recibí en metálico (para importes iguales o inferiores a 150 euros por factura, sin superar 3.000 euros en efectivo en la totalidad de la subvención)
Cómo solicitar
- 1La entidad beneficiaria presenta el proyecto de actividades al Ayuntamiento de Pilas (fecha de presentación: 19 de noviembre de 2024 para esta convocatoria)
- 2El Ayuntamiento incluye la subvención nominativa en su presupuesto general y en la partida correspondiente (33000/48020)
- 3Se firma el convenio regulador de la subvención entre el Alcalde del Ayuntamiento y el representante legal de la Hermandad
- 4La Hermandad acepta por escrito la subvención concedida en el plazo de diez días hábiles desde la notificación
- 5La entidad inicia las actividades del proyecto entre la fecha de concesión y los dos meses posteriores a la recepción de los fondos
- 6Se realiza la actividad subvencionada en el plazo establecido (del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024)
- 7La entidad presenta la cuenta justificativa completa al órgano gestor (Área de Bienestar Social) antes del 31 de marzo de 2025 a través de la sede electrónica del Ayuntamiento
- 8El órgano gestor emite informe técnico justificativo del cumplimiento del objeto de la subvención
Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de Pilas (a través del Área de Bienestar Social como órgano gestor)
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/914393Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
Ir a la convocatoriaAyudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.