Ayudalíza
INSTITUT VALENCIÀ DE CULTURA (IVC)

RESOLUCIÓN del director general del IVC por la que se convocan subvenciones destinadas al fomento de las artes escénicas para 2026, en las modalidades de producción profesional de un montaje escénico, gira de espectáculos, festivales y muestras y ESAL

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Descripción

Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de las artes escénicas en la Comunitat Valenciana durante 2026, en cuatro modalidades: producción profesional de un montaje escénico (teatro, danza y circo), gira de espectáculos, festivales y muestras, y asociaciones y entidades sin ánimo de lucro. El importe total convocado es de 2.950.000 €, con cuantías individuales máximas de entre 30.000 € y 80.000 € según modalidad, no pudiendo superar el 65% del presupuesto del proyecto.

Requisitos

  • Modalidad de producción profesional: ser empresa (empresario individual o persona jurídica) dedicada profesionalmente a la producción de montajes escénicos en la Comunitat Valenciana. No pueden ser beneficiarias las asociaciones profesionales, entidades sin ánimo de lucro ni entes sin personalidad jurídica. En coproducciones debe nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación con poderes bastantes.
  • Modalidad de gira de espectáculos: ser empresa (empresario individual o persona jurídica) del sector de las artes escénicas dedicada a la gira de espectáculos. No pueden ser beneficiarias las asociaciones profesionales, entidades sin ánimo de lucro ni entes sin personalidad jurídica.
  • Modalidad de festivales y muestras: pueden ser beneficiarios ayuntamientos y otras entidades locales, sus entes del sector público instrumental, empresas, asociaciones profesionales y entidades sin ánimo de lucro o sin personalidad jurídica, siempre que organicen festivales o muestras escénicas de carácter profesional, dispongan de estructura y capacidad de gestión, y contribuyan a la creación, formación y desarrollo de públicos.
  • Modalidad de asociaciones y entidades sin ánimo de lucro: asociaciones profesionales de carácter sindical, empresarial o representativo del sector profesional escénico y entidades culturales sin ánimo de lucro que desarrollen actividades de promoción y defensa del sector o proyectos de impacto social vinculados a las artes escénicas en la Comunitat Valenciana.
  • Las actividades subvencionadas deberán realizarse entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026 (el estreno de los espectáculos de producción profesional, como máximo, el 31 de enero de 2027).
  • Obtener una puntuación mínima de 60 puntos en los criterios de valoración.
  • La cantidad solicitada no podrá ser superior al 65% del presupuesto aportado.
  • Sólo se admitirá una solicitud por solicitante y una ayuda por modalidad para una misma persona física o jurídica.
  • No ser beneficiario de una subvención nominativa de la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades para la misma actuación.
  • No ser beneficiario de otras ayudas del IVC por concesión directa para la misma finalidad.
  • No concurrir la condición de beneficiario de producción profesional con ayudas a producción emergente, a compañías profesionales o a residencias escénicas en la misma anualidad.

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud cumplimentado (anexo I), con nombre del proyecto, coste previsto, modalidad y cuantía solicitada (apartado C).
  • Si el solicitante es empresario individual: DNI, recibo del pago de autónomos del mes correspondiente a la fecha de presentación de la solicitud (o del mes anterior a la publicación si no estuviera abonado), vida laboral que acredite los años de actividad y alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores o en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
  • Si el solicitante es persona jurídica: escritura o documento público de constitución inscrito en el registro oficial, DNI del firmante con capacidad de obrar o del representante y poder de representación, y alta en el censo de empresarios/IAE.
  • Si el solicitante es asociación o entidad sin ánimo de lucro: estatutos y su inscripción en el registro correspondiente, y NIF de la entidad.
  • Documentación administrativa y del proyecto detallada en el resuelvo sexto (octavo de la convocatoria) de la resolución.
  • En su caso, documentación de la agrupación en coproducción con nombramiento de representante o apoderado único.

Cómo solicitar

  1. 1Cumplimentar el modelo normalizado de solicitud (anexo I) con los datos del proyecto, coste previsto, modalidad de ayuda y cuantía solicitada.
  2. 2Reunir la documentación administrativa y del proyecto requerida según el tipo de solicitante.
  3. 3Acceder a la sede electrónica del IVC en https://sede.ivc.gva.es/.
  4. 4Disponer de cualquiera de los certificados o firmas electrónicas admitidos por la aplicación de registro.
  5. 5Firmar electrónicamente la solicitud, antes de su presentación, por el solicitante o por la persona con capacidad legal de representación.
  6. 6Presentar la solicitud por vía telemática a través del registro electrónico de la sede del IVC en el plazo de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOGV.
  7. 7Obtener y conservar el justificante de presentación generado por el registro electrónico.
  8. 8Consultar el estado de la solicitud en la web del IVC (https://ivc.gva.es/); si es incompleta, subsanar en el plazo de 10 días hábiles desde la publicación del listado, con apercibimiento de tenerle por desistido.

Dónde: Sede electrónica del Institut Valencià de Cultura (IVC): https://sede.ivc.gva.es/

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/914400Datos extraídos el 21 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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