Ayudalíza
CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y POLÍTICA AGRARIA

Convocatoria de ayudas (EJERCICIO 2026) a ENTIDADES PRIVADAS para la aplicación de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo de los GALP- FEMPA

Próximamente · pendiente de publicación oficial

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Descripción

Ayudas en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades privadas (PYME) que desarrollen proyectos en las zonas pesqueras costeras de Asturias, al amparo de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo (EDLP) de los siete GALP seleccionados. La intensidad máxima de la ayuda es del 50% del gasto subvencionable (100% para operaciones de interés colectivo, beneficiarios colectivos, innovadoras o de pesca costera artesanal), con un presupuesto total de 185.642,82 € cofinanciado al 70% por el FEMPA y al 30% por el Principado de Asturias.

Requisitos

  • Ser entidad privada que realice la actividad o proyecto dentro de la zona de acción costera del GALP correspondiente
  • Si el beneficiario es una empresa, debe tener la categoría de PYME según el anexo I del Reglamento UE 651/2014
  • No estar incurso en las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • No haber cometido infracción grave conforme al artículo 42 del Reglamento (CE) nº 1005/2008 o al artículo 90.1 del Reglamento (CE) nº 1224/2009
  • No haber estado involucrado en la explotación, gestión o propiedad de buques pesqueros de pesca ilegal INDNR ni de países terceros no cooperantes
  • No haber cometido delitos medioambientales conforme a la Directiva 2008/99/CE
  • No haber sido declarado responsable de fraude en el contexto del FEMP o el FEMPA mediante resolución definitiva
  • Para subvenciones superiores a 30.000 euros, cumplir los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad
  • Cumplir las condiciones de admisibilidad desde la presentación de la solicitud, durante la ejecución y durante cinco años después del pago final

Documentación necesaria

  • Tres presupuestos de diferentes proveedores para todos los gastos, con independencia de su importe (o memoria justificativa motivando la imposibilidad de obtenerlos)
  • Memoria justificativa de la elección cuando no se seleccione la oferta económica más ventajosa
  • Certificación suscrita por persona física o por el órgano de administración (con poder de representación suficiente) que acredite el cumplimiento de los plazos de pago de la Ley 3/2004, para personas físicas y jurídicas que puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada
  • Certificación emitida por auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, o 'Informe de Procedimientos Acordados', para personas jurídicas que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada
  • Documentación acreditativa de no estar incurso en prohibiciones para ser beneficiario
  • Acreditación de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Documentación prevista en la base quinta de las Bases Reguladoras (Resolución de 31 de mayo de 2024)
  • Acta de certificado de no inicio, levantada de oficio por personal técnico del GALP tras la presentación de la solicitud

Cómo solicitar

  1. 1Presentar la solicitud de ayuda ante el órgano competente (Consejería de Medio Rural y Política Agraria) en los plazos que se establezcan en la convocatoria
  2. 2Esperar la elaboración de oficio del certificado de no inicio por personal técnico del GALP, mediante acta levantada al efecto
  3. 3Una vez emitido el certificado de no inicio, el solicitante puede iniciar las inversiones por su cuenta y riesgo, con anterioridad a la notificación de la resolución de concesión
  4. 4Aportar tres presupuestos para los gastos previstos y, en su caso, memoria justificativa de la elección de la oferta
  5. 5Ejecutar el proyecto y realizar los gastos dentro del plazo establecido en la convocatoria
  6. 6Justificar los gastos y pagos realizados antes de la finalización del plazo de justificación
  7. 7El órgano instructor podrá solicitar cuantos informes estime necesarios para la comprobación de la información aportada
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/914093Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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