CONVOCATORIA PUBLICA DE SUBVENCIONES A VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GENERO 2026
Próximamente · pendiente de publicación oficial
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Descripción
Ayudas de carácter reparador destinadas a mujeres víctimas de violencia de género y/o violencia vicaria y a hijas e hijos de víctimas mortales por violencia de género en situación de vulnerabilidad económica en Asturias, con el fin de facilitar su recuperación integral y una vida autónoma. Se establecen dos líneas: Línea 1 (hijas/hijos huérfanos hasta 26 años) con importe mínimo de 6.000 € anuales, y Línea 2 (mujeres víctimas) con importe mínimo de 3.000 € anuales renovables hasta 3 años, incrementándose en un 50% o 100% respectivamente si la persona beneficiaria tiene reconocida una discapacidad igual o superior al 65% derivada de la violencia.
Requisitos
- Línea 1 (hijas e hijos de víctimas mortales): Ser hija o hijo huérfano/a hasta 26 años inclusive de mujer asturiana o empadronada en Asturias en el momento del asesinato
- Línea 1: Tener residencia legal en España y estar empadronado/a en el Principado de Asturias
- Línea 1: Disponer de rentas o ingresos mensuales iguales o inferiores a 3 veces el IPREM (considerado en 12 mensualidades)
- Línea 1 (para complemento por discapacidad): Tener reconocida una discapacidad igual o superior al 65% vinculada directamente con las secuelas de la violencia de género
- Línea 2 (mujeres víctimas): Ser mayor de edad o estar legalmente emancipada
- Línea 2: Ser víctima de violencia de género y/o violencia vicaria según los criterios de la base cuarta
- Línea 2: Tener residencia legal en España y estar empadronada en el Principado de Asturias
- Línea 2: Disponer de rentas o ingresos mensuales iguales o inferiores a 3 veces el IPREM
- Línea 2: Contar con informe positivo del Centro Asesor de la Mujer
- Línea 2: No convivir con el agresor
- Línea 2 (para complemento por discapacidad): Tener reconocida una discapacidad igual o superior al 65% vinculada con la violencia de género sufrida
- No estar incurso/a en ninguna de las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
Documentación necesaria
- Solicitud conforme al modelo normalizado disponible en la sede electrónica del Principado de Asturias
- Línea 1: Fichero de acreedor
- Línea 1: En su caso, copia de la resolución judicial de nombramiento de tutor/tutora o curador/a
- Línea 1: En su caso, copia de la resolución judicial del nombramiento de la víctima como tutora o curadora
- Línea 1: En caso de percibir retribuciones, certificación o copia de los justificantes
- Línea 1: En su caso, informes médicos que establezcan la relación directa entre la discapacidad y la violencia de género sufrida
- Línea 1 (si no se autoriza la consulta): DNI, NIE o pasaporte; documento acreditativo de residencia legal; certificado de empadronamiento; certificados de estar al corriente con la Hacienda autonómica, estatal y la Seguridad Social; certificado del Registro Civil de nacimiento o Libro de familia; certificado de defunción de la madre o tutora; declaración de la renta; informe de vida laboral; certificado de prestaciones de la Seguridad Social o de la Administración autonómica; certificado de prestaciones por desempleo; en su caso, resolución de reconocimiento de discapacidad ≥65%
- Línea 2: Informe positivo del Centro Asesor de la Mujer
- Línea 2: Fichero de acreedor
- Línea 2: Certificado de convivencia o empadronamiento colectivo (salvo residencia en la Red de Casas de Acogida del Principado de Asturias)
- Línea 2: En caso de percibir retribuciones, certificación o copia de los justificantes
- Línea 2: En su caso, informe del Centro Asesor de la Mujer que establezca la relación entre la discapacidad y la violencia de género
- Línea 2 (si no se autoriza la consulta): DNI, NIE o pasaporte; documento de residencia legal; declaración de la renta; informe de vida laboral; certificado de prestaciones; certificado de prestaciones por desempleo; certificados de estar al corriente con las haciendas y la Seguridad Social; en su caso, certificado de defunción de familiares por violencia vicaria; en su caso, resolución de reconocimiento de discapacidad ≥65%
Cómo solicitar
- 1Acceder a la sede electrónica del Principado de Asturias y localizar el modelo normalizado de solicitud introduciendo en el buscador el código indicado en la convocatoria
- 2Cumplimentar y firmar la solicitud (en caso de menores, la formula su representante legal)
- 3La presentación de la solicitud implica autorización para que la Administración consulte la documentación elaborada por otras Administraciones, salvo oposición expresa
- 4Adjuntar la documentación requerida según la línea de ayuda correspondiente
- 5Presentar la solicitud telemáticamente en la sede electrónica del Principado de Asturias
- 6Si la solicitud o la documentación estuviera incompleta o contuviera errores subsanables, se requerirá a la persona solicitante para que subsane en el plazo máximo de 10 días; en caso contrario se entenderá que desiste
- 7Las solicitudes se tramitan y resuelven por orden de presentación, en función del cumplimiento de los requisitos (procedimiento simplificado de concurrencia competitiva y convocatoria pública abierta)
- 8En caso de agotarse el crédito, las solicitudes pendientes se desestiman y deben presentarse de nuevo en el siguiente ejercicio presupuestario
Dónde: Sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es), introduciendo en el buscador el código que figure en la convocatoria
Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.