GC CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A LOS PRODUCTORES DEL SECTOR ORNAMENTAL DE GRAN CANARIA PARA EL AÑO 2026 DE LA CONSEJERÍA DE SECTOR PRIMARIO, SOBERANÍA ALIMENTARIA Y SEGURIDAD HÍDRICA DEL CABILDO DE GRAN CANARIA.
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Descripción
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a productores del sector ornamental de Gran Canaria (flor cortada, plantones y planta viva ornamental) para financiar gastos de producción tales como material vegetal, sustratos, agua, fertilizantes, productos fitosanitarios y embalajes, con el fin de apoyar la viabilidad y competitividad de las explotaciones.
Requisitos
- Ser persona física o jurídica titular de explotación agrícola establecida en Gran Canaria dedicada a la producción de flor cortada, plantones y planta viva ornamental
- No estar incurso en las circunstancias de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- No haber recibido ayudas o subvenciones con el mismo objeto incompatibles con la ayuda solicitada
- No estar incurso en procedimientos de cobro por vía de apremio de deudas con el Cabildo de Gran Canaria o sus Organismos Autónomos
- No tener subvenciones pendientes de justificar con el Cabildo de Gran Canaria una vez vencido el plazo
- No tener pendiente de reintegro, total o parcial, subvenciones concedidas anteriormente por el Cabildo de Gran Canaria
- Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, y no tener deudas o sanciones tributarias en periodo ejecutivo
- No superar el límite de 50.000 € en ayudas de minimis concedidas en los tres años previos (Reglamento UE 2024/3118)
- Estar inscrito, con datos actualizados, en el Registro de Explotaciones Agrícolas de Canarias (REAC)
- Los productores de plantones y planta viva ornamental deben estar inscritos, o haber solicitado la inscripción, en el Registro de Operadores Profesionales de Vegetales (ROPVEG)
- Que las superficies productivas se encuentren ubicadas en Gran Canaria e identificadas según el SIGPAC
- Disponer del Cuaderno de Explotación Agrícola actualizado
Documentación necesaria
- Solicitud formalizada según ANEXO I
- Documentación acreditativa de la personalidad del solicitante (DNI, NIE, Pasaporte), salvo autorización de consulta
- Documentación acreditativa de la representación (personas jurídicas o representantes)
- Tarjeta de identificación fiscal (personas jurídicas)
- Estatutos y/o escritura de constitución (personas jurídicas)
- Acuerdo de solicitar la subvención (personas jurídicas)
- Alta/modificación de terceros del Cabildo de Gran Canaria con datos bancarios en formato IBAN
- Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social (si no se consiente la consulta)
- Certificado de estar al corriente con la Agencia Tributaria Estatal (si no se consiente la consulta)
- Certificado de estar al corriente con la Agencia Tributaria Canaria (si no se consiente la consulta)
- Acreditación de haber solicitado la inscripción en el REAC, si no figurase inscrito
- Acreditación de haber solicitado la inscripción en el ROPVEG, para productores de plantones y planta viva ornamental no inscritos
- Cuaderno de Explotación Agrícola actualizado, o compromiso firmado de aportarlo en la justificación
- Póliza de seguro agrario en vigor (si la producción está asegurada)
- Previsión de la producción anual de las fincas según ANEXO II, con referencias SigPac y superficie productiva
- Estimación de los gastos anuales de producción según ANEXO III
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar la solicitud en el modelo normalizado (ANEXO I) disponible en www.grancanaria.com
- 2Reunir la documentación preceptiva indicada en el artículo 3.1 de la convocatoria
- 3Presentar la solicitud preferentemente de forma telemática a través de la sede electrónica del Cabildo de Gran Canaria (https://sede.grancanaria.com/es); obligatoria para personas del art. 14.2 de la Ley 39/2015
- 4Alternativamente, presentar presencialmente en el Registro General del Cabildo (C/ Pérez Galdós, planta baja del edificio anexo a la Casa Palacio), en los Registros desconcentrados del Cabildo o en cualquiera de los lugares previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015
- 5Subsanar, en su caso, la solicitud o documentación en el plazo máximo de 10 días hábiles desde el requerimiento, para evitar tener por desistida la solicitud
- 6Esperar la resolución definitiva del procedimiento de concurrencia competitiva
Dónde: Sede electrónica del Cabildo de Gran Canaria (https://sede.grancanaria.com/es) o presencialmente en el Registro General del Cabildo de Gran Canaria (C/ Pérez Galdós, planta baja del edificio anexo a la Casa Palacio), en Registros desconcentrados o en los lugares previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015
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