Ayudalíza
INSTITUTO VASCO ETXEPARE EUSKAL INSTITUTUA / BASQUE INSTITUTE

BOLSAS DE VIAJE PARA INTERNACIONALIZACIÓN CINE Y LITERATURA 2026

Importe500.00–30.000 €
Plazo de solicitudHasta 2 nov 2026
Estadoabierta

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Descripción

El Etxepare Euskal Institutua concede bolsas de viaje de hasta 1.500 euros por evento (máximo 2.000 euros por solicitante) para que creadores y agentes del cine y la literatura con residencia o sede social en el País Vasco asistan a festivales y eventos internacionales fuera del ámbito geográfico del euskera durante 2026, cubriendo gastos de desplazamiento, alojamiento y dietas.

Requisitos

  • Ser persona física o jurídica privada con empadronamiento o sede social en la Comunidad Autónoma del País Vasco
  • Si la obra a difundir es en euskera: empadronamiento o sede social en el ámbito geográfico del euskera (CAE, Comunidad Foral de Navarra o Euskal Hirigune Elkargoa), o ser organizadores de certámenes internacionales que cumplan los requisitos del artículo 2
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • No estar incurso en sanciones administrativas o penales que impidan recibir ayudas públicas, incluyendo las previstas en materia de igualdad de mujeres y hombres y derechos LGTBI
  • Estar al corriente de las obligaciones de devolución de subvenciones
  • Cumplir los requisitos de los artículos 11 y 13.1 a 13.5 de la Ley 20/2023 de Subvenciones
  • Las actividades subvencionables deben haberse realizado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • Sector cine: ser agente cinematográfico (director, actor, productor, guionista) invitado por festivales internacionales para presentar oficialmente una película vasca
  • Sector literatura: ser agente literario (escritor, ilustrador, traductor, editor) invitado a eventos internacionales de literatura para presentar o representar una obra
  • El invitado también debe cumplir los requisitos para ser beneficiario
  • No podrán solicitar ayudas las entidades privadas con capital mayoritariamente público ni fundaciones, ni asociaciones sin relación directa con el sector correspondiente
  • Quedan excluidos: viajes de estudios, actividades de educación reglada, congresos con presencia del EEI, eventos gastronómicos o deportivos, actividades dirigidas principalmente a miembros de euskal etxeak, y festivales que tengan convenio con el EEI

Documentación necesaria

  • Certificado de empadronamiento (personas físicas) o documento acreditativo de sede social (personas jurídicas)
  • Certificados de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (o equivalentes para personas/entidades extranjeras)
  • Invitación formal del responsable de la actividad, con detalles de la participación (invitado, fecha, duración, tarea) y datos de contacto del organizador
  • Declaración responsable incluida en la solicitud (sobre otras ayudas solicitadas/ recibidas, ayudas de minimis en los últimos 3 años, ausencia de sanciones, datos veraces)
  • Si la solicitud se presenta en nombre de otra persona: acreditación de identidad y representación legal del representante
  • Justificación documental de los gastos (transporte, alojamiento y dietas) tras la realización de la actividad

Cómo solicitar

  1. 1Acceder al formulario de solicitud disponible en www.euskadi.eus/zerbitzuak/1032011
  2. 2Cumplimentar el formulario de solicitud en euskera o castellano
  3. 3Identificarse electrónicamente mediante alguno de los medios aceptados en la sede electrónica del Gobierno Vasco (en caso de vía telemática)
  4. 4Adjuntar la documentación preceptiva (invitación formal y restantes documentos requeridos)
  5. 5Presentar la solicitud: las personas jurídicas obligatoriamente por vía electrónica; las personas físicas pueden elegir presencial o electrónicamente; las personas jurídicas extranjeras excepcionalmente pueden hacerlo también presencial
  6. 6Si se detecta algún defecto de forma o documentación faltante, se concede un plazo de 10 días hábiles para subsanarlo
  7. 7Las solicitudes se resuelven por orden de registro (concurrencia sucesiva) hasta agotar el crédito presupuestario
  8. 8La resolución se dicta y notifica en un plazo máximo de dos meses; el silencio se interpreta como desestimación
  9. 9Tras la resolución, el beneficiario dispone de 10 días hábiles para aceptar expresamente la subvención o manifestar disconformidad
  10. 10Tras realizar la actividad y justificar los gastos, se procede al pago en un único abono

Dónde: Etxepare Euskal Institutua (presencial: Andre Zigarrogileen plaza 1, edificio Tabakalera, 3ª planta, 20012 Donostia-San Sebastián, de 8:30 a 14:00), oficinas Zuzenean del Gobierno Vasco, o a través de la sede electrónica www.euskadi.eus/zerbitzuak/1032011

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/912808Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.