Ayudas al alquiler para jóvenes (2026)
Próximamente · pendiente de publicación oficial
Análisis con IA para tu perfil
Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.
Descripción
Ayudas municipales destinadas a facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda o habitación en régimen de alquiler o cesión de uso a personas jóvenes de hasta 35 años con escasos medios económicos, para promover su emancipación. El presupuesto total de la convocatoria es de 405.000 euros, condicionado a la disponibilidad presupuestaria, y la vivienda o habitación alquilada no podrá superar los 800 €/mes (vivienda) o 400 €/mes (habitación).
Requisitos
- Ser persona física mayor de edad y tener hasta 35 años, incluidos, en el momento de solicitar la ayuda
- Poseer nacionalidad española, de un Estado miembro de la UE o del EEE, Suiza, o parentesco determinado por la normativa aplicable; las personas extranjeras no comunitarias deberán estar en situación de estancia o residencia regular en España
- Estar empadronado en el municipio de Castelló de la Plana con una antigüedad de al menos 3 años a la fecha de publicación de las bases reguladoras en el BOP de Castellón
- Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda (Ley 29/1994) o, en calidad de cesionaria, de un contrato de cesión de uso o de alquiler de habitación, con destino a residencia habitual y permanente, ubicado en el término municipal de Castelló de la Plana, con duración mínima de un año
- La vivienda o habitación arrendada o cedida debe constituir la residencia habitual y permanente durante todo el periodo de vigencia del contrato
- La renta arrendaticia o precio de cesión no podrá superar los 800 euros mensuales por vivienda ni los 400 euros mensuales por habitación
- El nivel de ingresos de la unidad de convivencia no podrá superar 3 veces el IPREM (14 pagas) para una sola persona adulta joven; 4 veces el IPREM si conviven dos jóvenes beneficiarios; 5 veces el IPREM si conviven tres o más jóvenes beneficiarios. Para alquiler de habitación se aplica siempre el límite de 3 veces el IPREM
- Cuando en una misma vivienda convivan dos o más personas, todas deberán tener una edad no superior a 35 años en el momento de solicitar la ayuda
- No ser propietaria o usufructuaria de alguna vivienda en España (salvo excepciones por herencia, separación/divorcio, causa ajena a la voluntad o inaccesibilidad por discapacidad)
- No tener parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad con la persona arrendadora o cedente
- No ser socio o partícipe de la persona física o jurídica arrendadora o cedente (excepto cooperativas de vivienda en cesión de uso y sin ánimo de lucro)
- No disfrutar en régimen de alquiler, cesión de uso o cualquier régimen de disfrute temporal de una vivienda del patrimonio público
- Estar al corriente de las obligaciones fiscales, tributarias y con la Seguridad Social y cumplir las condiciones de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
- Se admitirá únicamente una solicitud por vivienda o habitación
- Los requisitos deben cumplirse en el momento de la solicitud y durante todo el periodo concedido, salvo el de edad que se exige solo al solicitar
Documentación necesaria
- Acreditación de la cuantía de los ingresos de la unidad de convivencia, en la forma establecida en la base 8ª de las bases reguladoras
- Contrato de arrendamiento o cesión de uso de vivienda o habitación formalizado conforme a la Ley 29/1994 (no exigible para alquiler de habitación)
- Certificado de empadronamiento en el municipio de Castelló de la Plana con antigüedad mínima de 3 años
- Documentación acreditativa de la nacionalidad o situación legal de residencia en España de todos los miembros de la unidad de convivencia
- Justificación de no ser propietaria o usufructuaria de vivienda en España (salvo excepciones aplicables)
- Certificado de estar al corriente de pago de las obligaciones fiscales, tributarias y con la Seguridad Social
- En su caso, documentación acreditativa de excepciones (separación/divorcio, vivienda inaccesible, no parentesco, etc.)
- En caso de contratos con varios titulares, acreditación documental de no tener atribuido el derecho de arrendamiento para quienes no figuren en la solicitud
- En caso de miembros no incluidos en la solicitud que figuren en el padrón, certificado municipal acreditando que no residen o que han solicitado la baja en el padrón
Cómo solicitar
- 1Consultar el texto completo de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS)
- 2Cumplimentar la solicitud conforme al modelo y bases reguladoras disponibles en el Ayuntamiento de Castelló de la Plana
- 3Aportar la documentación requerida (contrato de alquiler, certificado de empadronamiento, acreditación de ingresos, etc.)
- 4Presentar la solicitud dentro del plazo establecido: desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón hasta el 31 de agosto de 2026 (incluido)
- 5En caso de subsanación, atender los requerimientos municipales en los plazos señalados
Dónde: Ajuntament de Castelló de la Plana, Plaça Major 1, C.P. 12001 (también a través de la sede electrónica del Ayuntamiento; información en vivenda@castello.es, tel. 964 355 269 / 964 355 383)
Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.