Ayudalíza
AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA

SUBVENCION NOMINATIVA SANTA MARIA DE LA VICTORIA 2026

ImporteHasta 5537 €
Plazo de solicitudHasta 15 sept 2026
Estadoabierta

Análisis con IA para tu perfil

Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.

o hazte Premium · 1,50€/mes

Descripción

Cultura

Requisitos

  • Ser la entidad beneficiaria prevista nominativamente en la Base 34ª de las de Ejecución del Presupuesto Municipal vigente: Real Hermandad Santa María de La Victoria
  • Tener personalidad jurídica reconocida civilmente como asociación pública de fieles
  • Estar inscrita en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia
  • Reunir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones
  • No percibir otras ayudas o subvenciones de igual naturaleza para el mismo proyecto
  • Comprometerse a cumplir las obligaciones exigidas por la normativa de aplicación

Documentación necesaria

  • Solicitud de subvención formulada por el representante de la entidad
  • Documentación justificativa de la totalidad de los gastos realizados en la ejecución del proyecto (para el cobro del 25% restante)
  • Justificación conforme a la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Málaga
  • Justificación conforme a la Circular 1/2024 (Guía General de Justificación de Subvenciones)
  • Memoria y documentación acreditativa de la efectiva realización del proyecto

Cómo solicitar

  1. 1Presentación de la solicitud de subvención nominativa por parte del representante de la entidad beneficiaria (D. Miguel Orellana Ramos)
  2. 2Emisión de informe técnico por el Jefe del Negociado de Mantenimiento, Proyectos y Obras (19/05/2026)
  3. 3Emisión de informe favorable por la Asesoría Jurídica (22/05/2026)
  4. 4Emisión de informe favorable por la Intervención General, al contar con crédito presupuestario (03/06/2026)
  5. 5Resolución de concesión directa por el órgano municipal competente (Concejal Delegado)
  6. 6Abono anticipado del 75% de la subvención (4.153,05 €)
  7. 7Ejecución del proyecto subvencionado
  8. 8Aportación de la documentación justificativa de la totalidad de los gastos realizados
  9. 9Emisión de informe favorable por el responsable de la unidad administrativa
  10. 10Abono del 25% restante (1.384,35 €)
  11. 11Notificación de la resolución a la entidad beneficiaria y a los Servicios Económicos Municipales

Dónde: Registro del Ayuntamiento de Málaga (presencialmente o a través de la sede electrónica municipal)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/912845Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
Ir a la convocatoria

Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.