BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE ÁVILA PARA EL DESARROLLO DE UN PROGRAMA DE “DESARROLLO SOSTENIBLE EN EL MUNDO RURAL” 2026
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Descripción
Subvenciones destinadas a los municipios de la provincia de Ávila con menos de 20.000 habitantes para financiar un Programa de Desarrollo Sostenible en el Medio Rural ejecutado entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2026, gestionado por un Auxiliar de Desarrollo Rural. Los municipios beneficiarios pueden recibir entre 5.000 € y 10.000 € según su número de habitantes, con un presupuesto total de 362.000 €.
Requisitos
- Ser municipio de la provincia de Ávila
- Tener menos de 20.000 habitantes
- Contar en la plantilla municipal con un Auxiliar de Desarrollo Rural
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- No estar incurso en alguna de las prohibiciones del artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Presentar un proyecto con duración mínima de 6 meses, mínimo 6 actividades y dirigido a emprendedores, jóvenes, mayores, mujeres y colectivos vulnerables del medio rural
- Obtener una puntuación mínima de 2,50 puntos en la valoración del proyecto (Criterio II)
Documentación necesaria
- Solicitud según Anexo I
- Certificado del Secretario del Ayuntamiento de que el municipio reúne los requisitos establecidos en las Bases (Anexo II)
- Compromiso de adscribir al Auxiliar de Desarrollo Rural de la plantilla al programa a desarrollar
- Declaración responsable según Anexo III (extremos del artículo 13 de la Ley 38/2003)
- Proyecto de Programa de Desarrollo Sostenible en el Medio Rural con análisis previo, fundamentación, objetivos, duración/calendario/fases, destinatarios, líneas de actuación, temporalización y recursos
- Anexo IV: resumen de las actividades detalladas en el proyecto
- Acreditación de estar al corriente con obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar la solicitud según el modelo del Anexo I
- 2Reunir la documentación requerida (Anexos II, III y IV y proyecto del programa)
- 3Acceder al procedimiento habilitado al efecto en la Sede electrónica de la Diputación de Ávila
- 4Presentar la solicitud y la documentación a través de la Sede electrónica dentro del plazo de 15 días hábiles desde la publicación de la convocatoria en el BOP
- 5En caso de defectos en la solicitud, subsanar en el plazo de 10 días tras el requerimiento
- 6Esperar la resolución del Presidente de la Diputación (plazo máximo de 2 meses desde el vencimiento del plazo de presentación); si no se notifica, se entiende desestimada por silencio
- 7Una vez concedida, percibir el 100% de la subvención como anticipo
- 8Ejecutar el programa entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2026
- 9Justificar la actividad antes del 30 de octubre de 2026 mediante Anexo V, memoria detallada con fotografías/documentación y Anexo VI
Dónde: Sede electrónica de la Diputación de Ávila (procedimiento específico creado al efecto): http://diputacionavila.sedelectronica.es
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