Resolución de 22 de mayo de 2026. Línea 3b)
Análisis con IA para tu perfil
Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.
Descripción
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la promoción de la música en Andalucía en 2026, distribuidas en cuatro líneas: producción fonográfica y audiovisual, producción de conciertos y espectáculos, distribución (giras, ferias, mercados) y difusión o exhibición (encuentros profesionales, festivales y salas de conciertos). La dotación total es de 950.000 €, dirigida a personas físicas y jurídicas privadas y entidades asociativas legalmente constituidas del sector musical.
Requisitos
- Ser persona física o jurídica privada legalmente constituida, o entidad asociativa legalmente constituida
- Encontrarse en la situación profesional que fundamenta la concesión de la subvención
- Obtener una puntuación mínima de 60 puntos en la valoración total del proyecto según los criterios establecidos
- No presentar proyectos cuya programación se base exclusiva o principalmente en espectáculos de flamenco
- Para la sublínea 4.c (salas de conciertos): contar con equipamiento, dotación y personal técnico suficiente, poseer título válido en derecho de espacio de exhibición musical privado en Andalucía, con licencia o permiso municipal, y desarrollar una programación estable de al menos 50 conciertos profesionales de pago, de los cuales al menos 25 correspondan a empresas con domicilio social en un mínimo de tres provincias distintas de Andalucía
- Para sublíneas 4.a y 4.b: los proyectos deben iniciarse en el año de la convocatoria y finalizar antes del 31 de enero del año siguiente
- Respetar el límite del 70% o 75% del presupuesto aceptado del proyecto según la línea, y el límite del 40% para gastos salariales en la Línea 4
Documentación necesaria
- Anexo I: Formulario de solicitud adaptado a los formularios tipo
- Anexo II: Formulario de alegaciones, reformulación y documentos
- Documentación acreditativa de los requisitos y condiciones establecidas en la Orden de 23 de abril de 2026 (BOJA núm. 82, de 30 de abril)
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar el formulario de solicitud (Anexo I) conforme a los formularios tipo aprobados
- 2Presentar la solicitud y la documentación requerida en el plazo habilitado una vez publicada la convocatoria en BOJA
- 3Subsanar, en su caso, los defectos de la solicitud en el plazo conferido
- 4En caso de propuesta provisional de resolución, presentar alegaciones o reformulación mediante el Anexo II
- 5Recibir la resolución de concesión con el primer pago del 50% de la ayuda
- 6Ejecutar el proyecto conforme a los términos de la solicitud aprobada
- 7Justificar la aplicación de la subvención a la finalidad pretendida para recibir el segundo pago del 50% restante
Dónde: Registro electrónico de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales / sede electrónica de la Junta de Andalucía
Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.