Resolución de 22 de mayo de 2026. Línea 4a
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Descripción
Convocatoria de ayudas en concurrencia competitiva destinada a profesionales y entidades del sector musical andaluz para financiar proyectos de producción fonográfica y audiovisual, producción de conciertos y espectáculos, distribución (giras, ferias y mercados) y difusión o exhibición de la música en vivo. La dotación total es de 950.000 €, con cuantías máximas que oscilan entre 10.000 € y 75.000 € por proyecto, sin superar el 70-75% del presupuesto aceptado.
Requisitos
- Ser persona física o jurídica privada legalmente constituida, o entidad de carácter asociativo legalmente constituida
- Encontrarse en la situación profesional que fundamenta la concesión de la subvención o en las que concurran las circunstancias previstas en las bases reguladoras
- Obtener una puntuación total mínima de 60 puntos en la valoración del proyecto conforme a los criterios de valoración
- Los proyectos no podrán basarse exclusiva o principalmente en espectáculos de flamenco
- Para la Sublínea 4.c (salas de conciertos): contar con equipamiento, dotación y personal técnico suficiente, título válido en derecho de espacio de exhibición musical privado, licencia o permiso municipal para organizar espectáculos musicales en directo, y programación estable mínima de 50 conciertos profesionales de pago, de los que al menos 25 correspondan a empresas con domicilio social en un mínimo de tres provincias distintas de Andalucía
- Los proyectos deben iniciarse en el año de la convocatoria y finalizar antes del 31 de enero del año siguiente (en las sublíneas 4.a y 4.b)
- No superar los porcentajes máximos de subvención sobre el presupuesto aceptado del proyecto: 70% (Líneas 1 y 3) o 75% (Líneas 2 y 4)
- En la Línea 4, los gastos salariales (Epígrafe 1) no podrán superar el 40% del presupuesto total de gastos subvencionables
Documentación necesaria
- Anexo I: Formulario de solicitud de subvención (formulario tipo aprobado por Resolución de 22 de diciembre de 2020)
- Anexo II: Formulario para presentación de alegaciones, reformulación y documentos
- Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos en las bases reguladoras (Orden de 23 de abril de 2026) y en los cuadros resumen de cada línea/sublínea
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar el formulario de solicitud (Anexo I) conforme a los formularios tipo aprobados por la Resolución de 22 de diciembre de 2020 de la Secretaría General para la Administración Pública
- 2Reunir la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos y de los conceptos subvencionables previstos en el apartado 2 de los cuadros resumen de la Orden de 23 de abril de 2026
- 3Presentar la solicitud a través del registro electrónico de la Junta de Andalucía o en los lugares establecidos en la normativa aplicable
- 4Subsanar, en su caso, los defectos de la solicitud en el plazo conferido
- 5Alegar y, en su caso, reformular la solicitud mediante el Anexo II si fuera requerido
- 6Esperar la valoración del proyecto conforme a los criterios de las bases reguladoras (mínimo 60 puntos para acceder a la condición de beneficiario)
- 7Recibir la resolución de concesión: primer pago del 50% tras la resolución y segundo pago del 50% restante previa justificación de la aplicación a la finalidad pretendida
Dónde: Registro electrónico de la Junta de Andalucía (sede electrónica) y demás lugares previstos en la normativa aplicable
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