Resolución de 22 de mayo de 2026. Línea 4b
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Descripción
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el fomento y promoción de la música en Andalucía, mediante la financiación de proyectos de producción fonográfica y audiovisual, producción de conciertos y espectáculos, distribución (giras, ferias y mercados) y difusión o exhibición (encuentros profesionales, festivales, ferias y programación estable de salas de conciertos), con cuantías que oscilan entre 10.000 € y 75.000 € por línea y un presupuesto total de 950.000 €, dirigidas a personas físicas y jurídicas privadas y entidades asociativas del sector musical profesional.
Requisitos
- Ser persona física o jurídica privada legalmente constituida
- Ser entidad de carácter asociativo legalmente constituida
- Encontrarse en la situación profesional que fundamenta la concesión de la subvención o en las que concurran las circunstancias previstas en las bases reguladoras
- Obtener una puntuación total mínima de 60 puntos en la valoración del proyecto según los criterios de valoración
- No superar el porcentaje máximo de subvención sobre el presupuesto aceptado del proyecto: 70% en las Líneas 1 y 3, y 75% en las Líneas 2 y 4
- Quedan excluidos los proyectos cuya programación se base exclusiva o principalmente en espectáculos de flamenco
- En la Línea 4 existe una limitación del 40% del presupuesto total de gastos subvencionables para los gastos salariales
- Para la sublínea 4.c, las salas de conciertos deberán contar con equipamiento, dotación y personal técnico suficiente, título válido en derecho de espacio de exhibición musical privado, licencia o permiso municipal, y programar al menos 50 conciertos profesionales de pago, de los cuales al menos 25 corresponderán a empresas con domicilio social en un mínimo de tres provincias distintas de Andalucía
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar el formulario de solicitud (Anexo I) adaptado a los formularios tipo aprobados por la Resolución de 22 de diciembre de 2020 de la Secretaría General para la Administración Pública
- 2Presentar la solicitud a través de la sede electrónica de la Junta de Andalucía, conforme al artículo 4.5 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones (Decreto 282/2010)
- 3Adjuntar, en su caso, los documentos de alegaciones, reformulación y documentación complementaria utilizando el Anexo II
- 4Esperar la valoración de la solicitud conforme a los criterios establecidos y la aplicación de la regla de prorrateo si la demanda supera el crédito disponible
- 5Recibir la resolución de concesión y, en su caso, aceptar la subvención
Dónde: Sede electrónica de la Junta de Andalucía (A través de los formularios Anexo I y Anexo II publicados con la resolución en el BOJA)
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