Ayudalíza
AGENCIA ANDALUZA DE INSTITUCIONES CULTURALES

Resolución de 22 de mayo de 2026. Línea 4c

ImporteHasta 340.000 €
Plazo de solicitudHasta 22 jun 2026
Estadoabierta

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Descripción

Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a fomentar la promoción de la música en Andalucía en cuatro líneas: producción fonográfica y audiovisual, producción de conciertos y espectáculos, distribución (giras, ferias y mercados) y difusión/exhibición (encuentros profesionales, festivales y salas de conciertos). Las ayudas financian proyectos profesionales del sector musical andaluz, con cuantías que oscilan entre 10.000 € y 75.000 € por beneficiario, dependiendo de la línea.

Requisitos

  • Ser persona física o jurídica privada legalmente constituida
  • Ser entidad de carácter asociativo legalmente constituida
  • Encontrarse en la situación profesional que fundamenta la concesión de la subvención o concurrir las circunstancias previstas en las bases reguladoras
  • Obtener una puntuación total mínima de 60 puntos en la valoración del proyecto conforme a los criterios establecidos
  • Los proyectos no podrán basarse exclusiva o principalmente en espectáculos de flamenco
  • Para la sublínea 4.c (salas de conciertos): contar con equipamiento, dotación y personal técnico suficiente, título válido en derecho de espacio de exhibición musical privado en Andalucía, licencia o permiso municipal para organizar espectáculos musicales en directo, y una programación estable de al menos 50 conciertos profesionales de pago, con al menos 25 de empresas con domicilio social en un mínimo de tres provincias distintas de Andalucía
  • Los proyectos subvencionados deberán ejecutarse en los términos establecidos en la solicitud, con inicio en el año de la convocatoria y finalización antes del 31 de enero del año siguiente (líneas 4.a y 4.b)

Documentación necesaria

  • Solicitud conforme al Anexo I (formulario adaptado a los formularios tipo aprobados por Resolución de 22 de diciembre de 2020)
  • Formulario de alegaciones, reformulación y documentos conforme al Anexo II
  • Documentación acreditativa de los requisitos y circunstancias previstas en las bases reguladoras (Orden de 23 de abril de 2026)

Cómo solicitar

  1. 1Cumplimentar la solicitud conforme al Anexo I publicado con la resolución
  2. 2Reunir la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en la Orden de 23 de abril de 2026 (BOJA núm. 82, de 30 de abril)
  3. 3Presentar la solicitud y la documentación en el registro electrónico de la Junta de Andalucía o en los lugares previstos en la normativa vigente
  4. 4En caso de ser requerido, presentar alegaciones, reformulación y documentos adicionales conforme al Anexo II
  5. 5Esperar la resolución de concesión, tras la cual se abonará el 50% de la ayuda y el 50% restante tras la justificación de la aplicación a la finalidad pretendida

Dónde: Registro electrónico de la Junta de Andalucía (sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/907640Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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