CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE LAS AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA INICIATIVA EMPRENDEDORA EN EL MUNICIPIO DE ALFAFAR - EJERCICIO 2026.
Análisis con IA para tu perfil
Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.
Descripción
Ayudas municipales destinadas a promover la actividad económica en Alfafar facilitando el empleo autónomo mediante el primer establecimiento de personas trabajadoras por cuenta propia, con una cuantía fija de 2.000 € por persona beneficiaria para financiar gastos corrientes derivados de la puesta en marcha del negocio (gastos de constitución, arrendamiento, suministros, cuotas a la seguridad social, etc.).
Requisitos
- Estar inscrito/a como persona desempleada con fecha anterior al alta como autónomo/a en el correspondiente Espai LABORA
- Que el inicio de la nueva actividad económica genere un alta en el Régimen Especial de Autónomos de una persona que no haya estado de alta en dicho régimen en los últimos tres meses (fecha de inicio según Declaración Censal modelo 036 o 037)
- Que el inicio de la actividad se haya realizado entre el 01 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026
- Que la actividad se desarrolle en el municipio de Alfafar o área de influencia (calles limítrofes con Massanassa, Benetússer y Sedaví); en caso de no tener establecimiento fijo o venta no sedentaria, el domicilio fiscal debe estar en Alfafar
- Que la actividad se encuentre enmarcada en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
- Que la persona solicitante no haya causado baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos desde el inicio de la actividad hasta la presentación de la solicitud
- No haber disfrutado de estas ayudas en los dos años anteriores a la convocatoria vigente
- No estar incurso/a en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- No ser administración pública, sociedad pública ni entidad vinculada o dependiente de ellas
- No ser asociación, fundación ni entidad sin ánimo de lucro
Documentación necesaria
- N.I.F. o N.I.E. de la persona solicitante
- Instancia normalizada de solicitud de subvención municipal de fomento de empleo autónomo (Anexo I)
- Declaración responsable de no haber sido condenado/a mediante sentencia firme o sancionado/a mediante resolución firme a la pérdida de beneficios
- Facturas y justificantes de pago de los gastos subvencionables (gastos de constitución, arrendamiento del local, suministros y cuotas a la seguridad social)
- Contrato de arrendamiento en vigor y justificante de pago de mensualidades (en caso de gastos por arrendamiento del local comercial)
- Recibos de salario y acreditación de su pago (en caso de cuotas a la seguridad social del empresario individual)
- Justificantes bancarios de pago por transferencia o domiciliación con identificación del destinatario (no se admiten pagos en metálico ni impresiones de pantalla de internet)
- Documentos originales que el Ayuntamiento pueda requerir para justificación
Cómo solicitar
- 1Acceder a la sede electrónica del Ayuntamiento de Alfafar (https://sedeelectronica.alfafar.es)
- 2Cumplimentar el modelo normalizado de solicitud (Anexo I) disponible en la sede electrónica
- 3Disponer de firma electrónica avanzada (en caso contrario, actuar mediante representante que sí disponga de ella, acreditando la representación)
- 4Adjuntar la documentación acreditativa de la persona solicitante (NIF/NIE) y los justificantes de los gastos corrientes (facturas y justificantes bancarios de pago)
- 5Presentar la solicitud telemáticamente a través del trámite habilitado al efecto dentro del plazo comprendido entre el 1 y el 30 de junio de 2026
- 6Esperar la valoración conforme al orden de registro general de entrada, hasta agotar la consignación presupuestaria existente (16.000 €)
Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de Alfafar (https://sedeelectronica.alfafar.es)
Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.