Resolución de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, por la que se convocan las ayudas destinadas a la digitalización y a la promoción de la actividad comercial y productiva del sector artesano de Castilla-La Mancha, ejercicio 2026.
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Descripción
Ayudas en régimen de concurrencia competitiva para promover la digitalización, la promoción y la inversión en talleres del sector artesano de Castilla-La Mancha, financiando hasta el 70% del gasto subvencionable (100% para asociaciones y federaciones artesanas), con un importe máximo por beneficiario de 15.000 euros (20.000 euros para asociaciones y federaciones) y un presupuesto total de 600.000 euros para el ejercicio 2026.
Requisitos
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, obligaciones tributarias (con la Administración estatal y regional) y frente a la Seguridad Social
- No estar incurso en ninguna de las circunstancias de prohibición establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre
- No estar incurso en supuestos de incompatibilidad previstos en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha
- Desarrollar la actividad artesanal en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, relacionada con alguno de los grupos del artículo 1 del Decreto 9/2010, de 23 de febrero (con exclusión de la artesanía de servicios)
- Estar en posesión, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, del carné artesano o del título de empresa artesana en vigor (Decreto 119/2009); en caso de comunidades de bienes o sociedades civiles, al menos uno de sus miembros deberá poseerlo
- Cuando el solicitante sea asociación o federación, estar formalmente constituidas e inscritas en los registros correspondientes, con al menos el 20% de sus miembros realizando en Castilla-La Mancha una actividad relacionada con los oficios artesanos del Decreto 9/2010
- Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales cuando sea exigible conforme a la Ley 31/1995 y no haber sido sancionado por infracciones muy graves en esta materia durante el año inmediatamente anterior
- No haber recibido ayudas de minimis (Reglamento UE 2023/2831 y otros) durante cualquier período de tres años que acumuladas excedan de 300.000 euros
- Contar con un Plan de igualdad inscrito en el registro laboral correspondiente cuando sea obligatorio conforme al artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007
- No haber sido objeto de sanción firme por prácticas laborales discriminatorias ni por incumplimiento de condiciones especiales de ejecución contractual en materia de no discriminación por razón de sexo
Documentación necesaria
- Formulario normalizado de solicitud (Anexo I) con firma electrónica
- Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de beneficiario, conforme al Anexo I
- Documentación acreditativa de las actuaciones subvencionables y de los gastos previstos
- En su caso, documentación acreditativa de la obtención de otras subvenciones, ayudas o ingresos concurrentes
- Documentación relativa al plan de prevención de riesgos laborales, plan de igualdad u otra exigida según el tipo de solicitante
- Documentos digitalizados anexos a la solicitud telemática
Cómo solicitar
- 1Acceder a la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es) y localizar el formulario normalizado (código SIACI de búsqueda SKLS)
- 2Cumplimentar el formulario de solicitud (Anexo I) identificando la/s línea/s de ayuda y las actuaciones a desarrollar (una única solicitud por beneficiario con todas las líneas)
- 3Digitalizar y adjuntar como archivos anexos toda la documentación requerida
- 4Firmar electrónicamente la solicitud y presentarla telemáticamente ante la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía
- 5Estar dado de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas de la sede electrónica para recibir los trámites del expediente
- 6En caso de que la solicitud presente defectos formales, subsanar en el plazo máximo de 10 días tras el requerimiento del órgano instructor, con advertencia de tenerle por desistido en caso contrario
Dónde: Sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es), mediante presentación telemática con firma electrónica dirigida a la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía
Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.