Ayudalíza
AGENCIA ANDALUZA DE INSTITUCIONES CULTURALES

Resolución de 25 de mayo de 2026. Línea 2a) Proyectos de producción bienal de espectáculos de teatro, danza y circo dirigidos a público adulto, infantil o juvenil.

ImporteHasta 300.000 €
Plazo de solicitudHasta 22 jun 2026
Estadoabierta

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Descripción

Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la promoción del teatro, la danza y el circo en Andalucía durante 2026, con una dotación total de 1.550.000 €, distribuidas en cuatro líneas: creación e investigación (Línea 1), producción de espectáculos (Línea 2), distribución (Línea 3) y difusión/exhibición (Línea 4), dirigidas a profesionales y entidades privadas del sector de las artes escénicas con establecimiento en Andalucía.

Requisitos

  • Ser persona física o jurídica privada legalmente constituida, o entidad de carácter asociativo legalmente constituida
  • Disponer de un establecimiento o sucursal en Andalucía en el momento en que las ayudas se hagan efectivas
  • Encontrarse en la situación profesional que fundamenta la concesión de la subvención
  • Reunir los requisitos del apartado 4.a).2.º del cuadro resumen en el momento de presentar la solicitud y mantenerlos durante la ejecución y justificación
  • Obtener una puntuación mínima total de 60 puntos en la valoración del proyecto
  • Quedan excluidas expresamente las entidades de derecho público
  • Quedan excluidos los proyectos cuya programación se base exclusiva o principalmente en espectáculos de flamenco

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud (Anexo I)
  • Formularios para alegaciones, reformulación y documentos (Anexo II)
  • Acreditación de disponer de establecimiento o sucursal en Andalucía en el momento en que las ayudas se hagan efectivas
  • Documentación acreditativa de los requisitos exigidos para obtener la condición de beneficiario (apartado 15 de cada cuadro resumen)
  • Presupuesto aceptado del proyecto

Cómo solicitar

  1. 1Cumplimentar el formulario de solicitud (Anexo I) adaptado a los formularios tipo aprobados por Resolución de 22 de diciembre de 2020
  2. 2Presentar la solicitud y demás documentación a través de los medios electrónicos habilitados por la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales
  3. 3Declarar responsablemente en el apartado 3 del Anexo I que se reúnen los requisitos exigidos
  4. 4Esperar el trámite de audiencia tras la propuesta provisional de resolución para acreditar documentalmente los requisitos (Anexo II)
  5. 5Recibida la resolución de concesión, se abonará un primer pago del 50% tras dictarse dicha resolución y un segundo pago del 50% restante tras la justificación de la aplicación de la ayuda a la finalidad pretendida

Dónde: Registro electrónico de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (sede electrónica de la Junta de Andalucía)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/907809Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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