Ayudalíza
AGENCIA ANDALUZA DE INSTITUCIONES CULTURALES

Resolución de 25 de mayo de 2026. Línea 4c) Subvención a salas de exhibición escénica de gestión privada ubicadas en Andalucía para el desarrollo de una programación estable de espectáculos de teatro, danza y circo dirigidos a público adulto, familiar, in

ImporteHasta 250.000 €
Plazo de solicitudHasta 22 jun 2026
Estadoabierta

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Descripción

Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el fomento del teatro, la danza y el circo en Andalucía durante 2026, estructuradas en cuatro líneas: creación e investigación, producción de espectáculos, distribución y exhibición/difusión. La cuantía máxima de la ayuda varía según la línea, desde 15.000 € hasta 125.000 € por proyecto, sin superar el 75 % (o 35 % en la sublínea 4.b) del presupuesto aceptado del proyecto.

Requisitos

  • Ser persona física o jurídica privada legalmente constituida, o entidad de carácter asociativo legalmente constituida
  • Disponer de un establecimiento o sucursal en Andalucía en el momento en que las ayudas se hagan efectivas
  • Encontrarse en la situación profesional que fundamenta la concesión de la subvención
  • Obtener una puntuación mínima total de 60 puntos en la valoración de criterios técnico-artísticos
  • Mantener los requisitos durante toda la ejecución y justificación de la actividad subvencionada
  • Quedan excluidas expresamente las entidades de derecho público
  • Quedan excluidos los proyectos cuya programación se base exclusiva o principalmente en espectáculos de flamenco

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud (Anexo I)
  • Formulario para presentación de alegaciones, reformulación y documentos (Anexo II)
  • Acreditación del establecimiento o sucursal en Andalucía
  • Documentación acreditativa de los requisitos exigidos conforme al apartado 15 de los cuadros resumen, en el trámite de audiencia

Cómo solicitar

  1. 1Cumplimentar el formulario de solicitud (Anexo I) adaptado al formulario tipo aprobado por la Resolución de 22 de diciembre de 2020
  2. 2Declarar responsablemente en el apartado 3 del Anexo I que se reúnen los requisitos exigidos para obtener la condición de beneficiario
  3. 3Presentar la solicitud en el plazo habilitado (según lo publicado en el BOJA núm. 102, de 29 de mayo de 2026)
  4. 4Subsanar, en su caso, la documentación requerida durante el trámite de audiencia
  5. 5Presentar alegaciones, reformulación y documentos adicionales a través del Anexo II si procede
  6. 6Esperar la evaluación por la Comisión de Valoración conforme a los criterios del apartado 12.a) de los cuadros resumen
  7. 7Recibir la resolución de concesión dictada por la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales
  8. 8Justificar la aplicación de la subvención para recibir el segundo pago del 50 % restante

Dónde: Registro electrónico de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (sede electrónica de la Junta de Andalucía)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/907818Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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