Ayudalíza
ARACOVE - ASOCIACIÓN DE DESARROLLO RURAL ARANJUEZ-COMARCA VEGAS

Convocatoria 2/2026 de ayudas LEADER 2023-2027 GAL ARACOVE

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Descripción

Ayudas destinadas a financiar proyectos productivos de creación, ampliación y modernización de industrias agroalimentarias (actuación 1.1) y de apoyo al comercio minorista de productos agrarios y agroalimentarios (actuación 1.2) en la comarca de las Vegas y la Alcarria de Alcalá, con una intensidad de ayuda del 65% sobre la inversión máxima subvencionable y una ayuda máxima de 300.000 € por proyecto (100.000 € para la actuación 1.1). Beneficiarios: microempresas del sector agroalimentario (1.1) y microempresas, pequeñas y medianas empresas agrarias/agroalimentarias o nuevas iniciativas empresariales de comercio minorista (1.2).

Requisitos

  • Ser persona física empresario individual o que vaya a serlo mediante el proyecto, o persona jurídica de carácter empresarial
  • Actuación 1.1: ser microempresa del sector agroalimentario
  • Actuación 1.2: ser microempresa, pequeña o mediana empresa agraria o agroalimentaria, o persona física o jurídica que promueva nuevas iniciativas empresariales en comercio minorista de productos agrarios y agroalimentarios
  • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • No tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid (salvo que estén debidamente garantizadas) ni con otras administraciones públicas
  • No figurar como deudor de fondos FEAGA-FEADER en fase de pago
  • No concurrir en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • No haber sido excluido del acceso a ayudas LEADER en los términos de la normativa aplicable
  • No encontrarse en situación de conflicto de intereses
  • Cumplir los límites de la normativa de ayudas de minimis vigente
  • Cumplir los requisitos de la Recomendación 2003/361/CE sobre definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas
  • Cumplir los requisitos del artículo 7 de las Bases Reguladoras para proyectos de carácter productivo
  • Localizar el proyecto en el ámbito territorial de actuación (municipios de la comarca ARACOVE)
  • Tener carácter productivo y ser viable técnica, económica y financieramente
  • No haber iniciado el proyecto con anterioridad al acta de no inicio (salvo gastos preparatorios permitidos)
  • Respetar la normativa urbanística, medioambiental y sectorial aplicable y contar con las autorizaciones necesarias
  • Disponer de entidad propia y carácter finalista, sin generar condiciones artificiales para la obtención de la ayuda

Documentación necesaria

  • Formulario normalizado de solicitud debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante o su representante legal
  • Memoria descriptiva y valorada del proyecto, con definición de la inversión, presupuesto desglosado y justificación de la viabilidad técnica, económica y financiera
  • Documentación acreditativa de la identidad del solicitante
  • Documentación acreditativa de la personalidad jurídica y representación, en su caso
  • Declaración responsable de no incurrir en las prohibiciones establecidas en la normativa de subvenciones
  • Certificados o autorizaciones que permitan verificar el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Proyectos técnicos de las inversiones previstas
  • Presupuestos o facturas proforma de las inversiones previstas
  • Estudios de viabilidad
  • Licencias, autorizaciones o permisos necesarios para la ejecución de la actuación conforme a la normativa urbanística, medioambiental y sectorial aplicable
  • Documentación general y específica establecida en el Anexo I de las Bases Reguladoras

Cómo solicitar

  1. 1Descargar y cumplimentar el formulario normalizado disponible en www.aracove.com, firmándolo el solicitante o su representante legal
  2. 2Reunir la documentación general y específica exigida en el Anexo I de las Bases Reguladoras
  3. 3Presentar la solicitud dirigida a la Presidencia del Grupo de Acción Local ARACOVE: obligatoriamente por vía electrónica a través de la sede electrónica http://aracove.sedelectronica.es para personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica (art. 14.2 Ley 39/2015)
  4. 4Subsanar, en su caso, los defectos de la solicitud en el plazo máximo de 10 días hábiles tras el requerimiento del Grupo; transcurrido dicho plazo sin atenderlo, se tendrá por desistida la solicitud
  5. 5Esperar la instrucción del expediente por el equipo técnico de ARACOVE y, en su caso, el informe de subvencionalidad de la Dirección General de Reequilibrio Territorial
  6. 6Obtener resolución de la Junta Directiva de ARACOVE en un plazo máximo de 6 meses desde la publicación de la convocatoria; la resolución se publica en la web de ARACOVE y se notifica individualmente
  7. 7Ejecutar el proyecto en el plazo establecido en la resolución de concesión, sin superar los 18 meses desde dicha resolución, con posibilidad de prórroga

Dónde: Sede electrónica de ARACOVE: http://aracove.sedelectronica.es (presentación obligatoria por vía electrónica para personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/907961Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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