Convocatoria de las subvenciones en materia de promoción económica mediante la contratación y la emprenedoria a Torrefarrera 2024 i 2025
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Descripción
Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para fomentar la promoción económica y la creación de empleo en Torrefarrera, articulada en dos líneas: Línea 1 de apoyo a empresas con sede en el municipio que contraten personas desempleadas empadronadas, y Línea 2 de ayuda a personas emprendedoras que inicien nuevas actividades económicas en el municipio, con una dotación total de 25.000 € con cargo al presupuesto municipal de 2026.
Requisitos
- Línea 1 (Contratación): Ser persona física o jurídica con actividad y sede social en Torrefarrera que haya contratado a personas desempleadas empadronadas en el municipio durante 2024 y 2025
- Disponer de autorización, licencia municipal o comunicación para el ejercicio de la actividad
- Tener una plantilla media anual de un máximo de 10 trabajadores, según certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social
- No haber recibido subvención para esa línea en la edición anterior
- Que la persona contratada no haya sido despedida o finalizado su contrato por la misma empresa en los últimos seis meses anteriores a la fecha de contratación
- Que la persona contratada esté empadronada en Torrefarrera antes del 1 de enero de la anualidad e inscrita como demandante de empleo en el Servicio de Ocupación de Cataluña
- Mantener a la persona contratada durante un plazo mínimo de 6 meses
- Línea 2 (Emprendimiento): Personas físicas dadas de alta como autónomas y empadronadas en Torrefarrera antes del 1 de enero de la anualidad
- Línea 2: Personas jurídicas con sede social en Torrefarrera que hayan iniciado actividad a partir del 1 de enero del año anterior
- Línea 2: Personas que hayan adquirido un traspaso de negocio al municipio durante 2024 y 2025
- Línea 2: Proyectos de nueva creación liderados mayoritariamente (más del 50%) por mujeres durante 2024 y 2025
- Disponer de la licencia municipal de obras o comunicación por las obras que deban ejecutarse
- No haber recibido subvención por esta línea en los últimos 4 años
- Mantener la actividad abierta al público como mínimo durante un año (en caso contrario, devolución proporcional)
Documentación necesaria
- Instancia de solicitud normalizada
- Certificado final de obras debidamente visado, en su caso
- Facturas que justifiquen el importe subvencionado
- Justificantes de pago
- Documentación específica establecida en la Base Décima de la convocatoria
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar la instancia normalizada dirigida al Ilmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Torrefarrera
- 2Adjuntar la documentación requerida según la Base Décima
- 3Presentar la solicitud por cualquiera de los medios admitidos en la legislación vigente (solo se acepta una solicitud por beneficiario)
- 4Esperar la valoración de la Comisión de Evaluación y la propuesta de resolución
- 5Recibir la resolución de la Junta de Gobierno Local en un plazo máximo de un mes desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes
- 6Justificar la subvención en el plazo máximo de 1 mes desde la notificación del acuerdo de otorgamiento
Dónde: Ayuntamiento de Torrefarrera (por cualquiera de los medios admitidos en la legislación vigente)
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