Ayudalíza
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y AGUAS

ORDEN de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria por la que se convoca para la campaña 2026, la ayuda por superficie a los productores de Aloe Vera y Olivo

Próximamente · pendiente de publicación oficial

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Descripción

Ayuda directa por superficie destinada a productores de Aloe Vera y Olivar de Canarias, con un importe unitario máximo de 550 € por hectárea, financiada por el FEAGA, para compensar a los titulares de explotaciones con plantaciones regulares en producción durante la campaña 2026.

Requisitos

  • Ser titular de una explotación dedicada al cultivo de Aloe Vera u Olivo ubicada en la Comunidad Autónoma de Canarias, con una plantación regular en producción en la campaña 2026 y una superficie igual o superior a 2.000 m²
  • Que las parcelas y/o recintos objeto de solicitud estén debidamente identificados y actualizados en el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC), conforme a la última actualización publicada
  • Poseer la condición de 'agricultor activo' durante la campaña 2026 conforme al Real Decreto 1048/2022 y al artículo 3 de las bases reguladoras

Documentación necesaria

  • Certificación o documento bancario que acredite la titularidad de la cuenta corriente donde se ingresará la ayuda (para nuevos solicitantes o cambio de cuenta)
  • Documentación acreditativa de la representación (en caso de actuar mediante representante)
  • Declaración responsable de agricultor activo ajustada al modelo normalizado (presentada entre el 1 de enero y el 31 de julio)
  • Cualquier otra documentación probatoria que acredite la titularidad de las superficies productivas solicitadas, si es requerida en los controles

Cómo solicitar

  1. 1Acceder a la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/)
  2. 2Cumplimentar la solicitud telemática ajustada al modelo normalizado disponible en la sede electrónica
  3. 3Aceptar o modificar la información gráfica de las parcelas ofrecida por la Consejería (declaración gráfica del art. 106.1 del RD 1048/2022)
  4. 4Firmar electrónicamente la solicitud
  5. 5Adjuntar la documentación necesaria (datos bancarios, representación, etc.)
  6. 6Presentar la solicitud en el plazo de UN (1) MES contado a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la Orden en el BOC

Dónde: Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/908073Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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