ORDEN de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria por la que se convoca para la campaña 2026, la ayuda por superficie a los productores de Aloe Vera y Olivo
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Descripción
Ayuda por superficie destinada a productores de Aloe Vera y Olivo en Canarias (campaña 2026), con un importe unitario máximo de 550 euros por hectárea para ambas subacciones, financiada con cargo al FEAGA.
Requisitos
- Ser titular de una explotación dedicada al cultivo de Aloe Vera u Olivo, ubicada en la Comunidad Autónoma de Canarias, con una plantación regular en producción en la campaña 2026 y superficie igual o superior a 2.000 m²
- Que las parcelas y/o recintos objeto de solicitud estén debidamente identificados y actualizados en el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC), correctamente referenciados a la última actualización publicada en el momento de la presentación de la solicitud
- Cumplir con la condición de agricultor activo durante la campaña 2026 conforme al Capítulo I, Título II del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre
- Presentar entre el 1 de enero y el 31 de julio de cada año natural una declaración responsable de agricultor activo ajustada al modelo normalizado disponible en la sede electrónica
Documentación necesaria
- Certificación o documento bancario que acredite la titularidad de la cuenta corriente (para nuevos solicitantes o cambio de cuenta)
- Documentación acreditativa de la representación (en caso de actuar mediante representante)
- Cualquier otra documentación adicional que sea requerida por el órgano instructor en los controles administrativos y sobre el terreno, en particular los documentos probatorios que acrediten la titularidad de las superficies productivas
Cómo solicitar
- 1Acceder a la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/) y localizar el modelo normalizado de solicitud
- 2Cumplimentar la solicitud ajustada al modelo normalizado disponible
- 3Verificar la información gráfica del artículo 106.1 del Real Decreto 1048/2022 (declaración gráfica) y, si procede, modificarla de acuerdo con las pretensiones del solicitante
- 4Firmar electrónicamente la solicitud
- 5Presentar la solicitud de forma telemática a través de la sede electrónica en el plazo de UN (1) MES contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la Orden en el Boletín Oficial de Canarias
- 6Aportar, en su caso, la documentación adicional requerida
- 7Esperar la notificación de la propuesta de resolución y de la resolución de concesión mediante publicación en el Tablón de Anuncios Electrónicos de la Comunidad Autónoma de Canarias
Dónde: Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/)
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/908213Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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