Subvención a entidades promotoras de la enseñanza de euskera a personas adultas 2026-2027
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Descripción
Ayudas destinadas a entidades jurídicas radicadas en Navarra que promueven la enseñanza de euskera a personas adultas, para financiar la actividad docente durante el curso 2026-2027 (septiembre 2026 a agosto 2027) en régimen de concurrencia competitiva, cubriendo el déficit entre ingresos y gastos de la actividad. El presupuesto total asciende a 2.800.000 euros, repartidos en módulos generales por alumnado-hora, con un máximo de 1.225.000 € en 2026 y 1.575.000 € en 2027.
Requisitos
- Ser entidad jurídica radicada en la Comunidad Foral de Navarra
- Tener entre sus finalidades principales la enseñanza del euskera y contar con medios propios y programación propia
- Estar inscrita en el fichero de centros de enseñanza de personas adultas 'Euskaltegis y Gau-eskolas / Euskaltegiak eta Gau-eskolak' de Euskarabidea
- Cumplir los requisitos del artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones
- Realizar la actividad subvencionada dentro de la Comunidad Foral de Navarra
- El profesorado deberá acreditar nivel de conocimiento equivalente a C1 o C2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas
- En centros con alumnado superior a 50 personas, al menos la mitad del profesorado deberá contar con titulación académica de grado, diplomatura universitaria, ingeniería técnica, arquitectura técnica o equivalente
- Las fundaciones deberán cumplir lo estipulado en el artículo 49 de la L.F. 13/2021, de 30 de junio, de Fundaciones de Navarra (contabilidad, auditoría y presupuestos)
- Cuando la subvención supere 30.000 euros, las entidades con ánimo de lucro deberán acreditar cumplimiento de los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004 (nivel de cumplimiento igual o superior al 90%)
Documentación necesaria
- Datos de la entidad: nombre o denominación, domicilio, localidad y NIF
- Datos de la persona responsable de la entidad
- Solicitud de subvención para el periodo septiembre 2026 a agosto 2027 (Anexo II)
- Presupuesto de ingresos y gastos de la actividad a subvencionar (partidas de personal, Seguridad Social y funcionamiento subdivididas en servicios externos, gastos didácticos y otros)
- Justificación de la proporción de actividad de los cursos presentados en la actividad global de la entidad
- Acreditación del cumplimiento de plazos de pago de la Ley 3/2004 (certificación o Informe de Procedimientos Acordados del auditor ROAC) cuando la subvención supere 30.000 euros
- Documentación relativa a los grupos (Anexo III): fecha de inicio y final, características, número de horas lectivas, número de personas por grupo y alumnado-hora
- Anexo VIII con datos del profesorado: nombre, apellidos, fecha de nacimiento, lugar de residencia, DNI/NIE/pasaporte, titulación de euskera, grupos impartidos y horarios
- Copia de los títulos de euskera de todo el profesorado (nivel C1 o C2 del MCER)
- Copia de la titulación académica de al menos la mitad del profesorado en centros con más de 50 alumnos
- Anexo XI con datos del alumnado: nombre, apellidos, fecha de nacimiento, lugar de residencia, DNI/NIE/pasaporte, nivel de estudios, euskaltegi, tipo de curso, nivel y horario
Cómo solicitar
- 1Disponer de una Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú) y certificado digital
- 2Acceder al formulario web desde el trámite correspondiente del catálogo de trámites del portal web institucional del Gobierno de Navarra
- 3Cumplimentar los datos de la entidad y de la persona responsable
- 4Adjuntar la solicitud de subvención (Anexo II) y el Anexo III con la previsión de grupos, horas y alumnado
- 5Adjuntar el presupuesto de ingresos y gastos y la justificación de la proporción de la actividad
- 6Adjuntar la documentación del profesorado (Anexo VIII y copias de títulos de euskera y titulación académica)
- 7Adjuntar la documentación del alumnado (Anexo XI)
- 8Si la subvención supera 30.000 euros, adjuntar certificación de cumplimiento de plazos de pago o Informe de Procedimientos Acordados
- 9Presentar la solicitud telemáticamente entre el 1 de octubre y el 3 de noviembre de 2026
- 10Si la solicitud no reúne los requisitos, subsanar en el plazo de diez días hábiles tras el requerimiento
- 11Esperar la resolución del director gerente de Euskarabidea, notificada en los 7 días naturales siguientes
Dónde: Formulario web del catálogo de trámites del portal institucional del Gobierno de Navarra (sede electrónica), requiriendo Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú) y certificado digital
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