PLAN PARA INCENTIVAR LA ADQUISICIÓN DE SUELO INDUSTRIAL PROPIEDAD MUNICIPAL Y PÚBLICO EN MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE ZARAGOZA 2026
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Descripción
Subvenciones destinadas a personas físicas o jurídicas que adquieran suelo industrial de propiedad municipal o público en municipios de la provincia de Zaragoza (con excepciones) para instalar nuevas empresas, ampliar superficies empresariales o trasladar empresas del núcleo urbano a polígonos industriales. La ayuda cubre hasta el 40% del coste de adquisición del suelo (sin impuestos ni intereses), con un máximo de 100.000 € por beneficiario, dentro de un crédito total de 300.000 €.
Requisitos
- Ser persona física o jurídica que adquiera suelo industrial conforme al planeamiento urbanístico del municipio
- Destinar la parcela a actividad empresarial, profesional o industrial
- No ser agrupación de personas físicas o jurídicas, comunidad de bienes, sociedad civil u otra unidad económica o patrimonio separado
- No estar incurso en las causas de prohibición de los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- No superar los 300.000 € en ayudas de mínimis recibidas en los últimos tres ejercicios fiscales conforme al Reglamento (UE) 2023/2831
- Adquirir el suelo industrial entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026 (ambos incluidos)
- Mantener la actividad empresarial/profesional/industrial y la titularidad del suelo durante un mínimo de cinco años
- El suelo debe estar ubicado en un municipio de la provincia de Zaragoza, salvo los excluidos: Alfajarín, Botorrita, El Burgo de Ebro, Cadrete, Cuarte de Huerva, Fuentes de Ebro, Jaulín, María de Huerva, Mediana de Aragón, Mozota, Nuez de Ebro, Osera de Ebro, Pastriz, La Puebla de Alfindén, San Mateo de Gállego, Utebo, Villafranca de Ebro, Villamayor de Gállego, Villanueva de Gállego, Zaragoza y Zuera
- La parcela debe tener calificación de uso industrial conforme al planeamiento urbanístico del municipio
Documentación necesaria
- Original o copia electrónica auténtica de la escritura de apoderamiento o documento similar válido, cuando se actúe por representación
- Copia simple o copia electrónica auténtica de la escritura pública de compraventa del suelo industrial, con inscripción en el Registro de la Propiedad, debiendo constar expresamente el destino a actividad empresarial durante cinco años
- Factura justificativa de la totalidad del precio de adquisición del suelo industrial y acreditación del pago si no figura en la escritura
- Certificados de estar al corriente con las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón
- Original o copia electrónica auténtica de la solicitud de licencia de obras y de actividad o apertura ante el Ayuntamiento correspondiente, o certificado del Secretario del Ayuntamiento acreditando la solicitud u obtención de licencias
- ANEXO II cumplimentado y firmado (declaración responsable sobre cumplimiento de requisitos, compromiso de destino de la adquisición a actividad empresarial durante cinco años y compromiso de comunicación de inicio de actividad)
- ANEXO III cumplimentado (aceptación de la subvención, declaración de otras ayudas obtenidas para la misma finalidad y declaración responsable sobre incompatibilidad de ayudas de mínimis)
- Solicitud según modelo normalizado ANEXO I disponible en www.dpz.es
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar la solicitud según el modelo normalizado ANEXO I disponible en www.dpz.es, dirigida al Presidente de la Diputación Provincial de Zaragoza
- 2Adjuntar a la solicitud la documentación requerida (escritura de compraventa, facturas, certificados de estar al corriente, solicitud de licencias, ANEXO II y ANEXO III)
- 3Presentar la solicitud preferentemente en el Registro General Electrónico de la Diputación Provincial de Zaragoza, o en el Registro General presencial, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
- 4La solicitud puede presentarse desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPZ hasta el 15 de octubre de 2026 (inclusive)
- 5En caso de documentación incompleta, el interesado dispone de 10 días hábiles para subsanar la falta o aportar los documentos requeridos
- 6El Servicio de Bienestar Social y Desarrollo evalúa las solicitudes y emite informe jurídico de evaluación
- 7La Comisión Técnica de Valoración formula la propuesta de concesión o denegación conforme a los criterios de la norma duodécima
- 8Se da trámite de audiencia al interesado por 5 días antes de la resolución definitiva
- 9La Presidencia de la Diputación Provincial resuelve la concesión o denegación en un plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo de recepción de solicitudes
- 10Tras la notificación de la concesión, el beneficiario dispone de 20 días hábiles para presentar la documentación para el pago de la subvención
Dónde: Registro General Electrónico (preferentemente) o Registro General presencial de la Diputación Provincial de Zaragoza, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
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