Convocatoria Programa Pyme Digital 2026-Cámara Burgos
Análisis con IA para tu perfil
Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.
Descripción
Programa dirigido a las pymes de la demarcación de la Cámara de Comercio de Burgos que ofrece servicios gratuitos de diagnóstico y asesoramiento en TIC, junto con ayudas económicas de hasta 4.494 € por empresa (60% de un coste elegible máximo de 7.490 €) para la implantación de soluciones de transformación digital en tres líneas: competitividad TIC (ERP, CRM, cloud), comercio electrónico y marketing digital.
Requisitos
- Ser una pequeña y mediana empresa (pyme) según la definición del Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014, válidamente constituida y ejerciendo una actividad económica
- No ser comunidad de bienes, sociedad civil, UTE, asociación, fundación, entidad sin ánimo de lucro, autónomo societario ni autónomo colaborador
- Estar dado de alta de manera continuada en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) antes del 1 de enero de 2024
- No ser empresa proveedora de soluciones de digitalización a terceros (en particular, no estar dado de alta en el grupo 845 del IAE)
- No operar en la producción primaria de productos agrícolas (Anexo I TFUE), pesca ni acuicultura
- Tener una facturación mínima de 100.000 € en la última anualidad
- Tener el domicilio social y/o centro productivo en algún municipio de la demarcación de la Cámara de Comercio de Burgos
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- No tener la consideración de empresa en crisis (art. 2.18 del Reglamento UE 651/2014)
- Cumplir la norma de minimis (máximo 300.000 € de ayudas de minimis por única empresa en los tres años previos)
- No haber realizado el Diagnóstico Asistido de TIC con posterioridad al 31/12/2023 (para participar en la Fase I)
- No haber sido beneficiario de la Fase de Implantación de Ayudas en convocatorias anteriores con posterioridad al 31/12/2023
- Cumplir la totalidad de los requisitos de la convocatoria
Documentación necesaria
- Declaración responsable del cumplimiento de las condiciones de participación (Anexo III de la convocatoria)
- Declaración anual de IVA del último año finalizado (o cualquier otro documento oficial del último año disponible que acredite la facturación mínima de 100.000 €)
- En caso de acceso directo a Fase II: copia de la convocatoria del programa público de asesoramiento y copia del Informe de asesoramiento en incorporación de TIC con el contenido mínimo exigido
- Poder de representación de la persona que presenta la solicitud (firmante con condición de representante legal)
- Certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias expedido por la AEAT
- Certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social expedido por la TGSS
- Certificado de Situación Censal expedido por la AEAT, indicando centro operativo, actividades económicas y antigüedad
- Anexo DECA firmado con la Cámara de Comercio (Plazo de Ejecución y condiciones de elegibilidad de Gastos)
- Tres ofertas de diferentes proveedores cuando el gasto subvencionable supere las cuantías del contrato menor, salvo que no exista suficiente número de entidades en el mercado
Cómo solicitar
- 1Acceder a la Sede electrónica https://sede.camara.es/sede/burgos
- 2Consultar el texto de la convocatoria y los Anexos disponibles en la Sede electrónica o en https://www.camaraburgos.com
- 3Cumplimentar el formulario habilitado al efecto, asegurando que todos los campos obligatorios estén correctamente cubiertos
- 4Adjuntar al formulario la documentación obligatoria exigida en la convocatoria
- 5Disponer de certificado electrónico reconocido (válido por la Sede electrónica) y firmar electrónicamente la solicitud por el representante legal de la empresa
- 6Presentar la solicitud a través de la Sede electrónica dentro del plazo habilitado (hasta las 14:00 h del 10 de julio de 2026, una vez transcurridos 5 días hábiles desde la publicación del extracto en el BOP de Burgos)
- 7En caso de requerimiento de subsanación, aportar en el plazo de 10 días hábiles la documentación o correcciones solicitadas, con apercibimiento de desistimiento
Dónde: Sede electrónica de la Cámara de Comercio de Burgos: https://sede.camara.es/sede/burgos
Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.