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ESCUELA DIPLOMÁTICA

Concesión directa de una subvención al CEI-Fundación Privada Centro de Estudios Internacionales durante el ejercicio presupuestario 2025

ImporteHasta 59.310 €
Plazo de solicitudHasta 17 nov 2025
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Descripción

Subvención directa de carácter excepcional destinada al CEI-Fundación Privada Centro de Estudios Internacionales para financiar durante 2025 las actividades del Curso de preparación al ingreso en la Carrera Diplomática (clases, profesorado, tutorías, prácticas y difusión), único programa de estas características fuera de la Comunidad de Madrid. El importe máximo es de 59.310 €.

Requisitos

  • Ser el CEI-Fundación Privada Centro de Estudios Internacionales la entidad beneficiaria (concesión directa nominativa)
  • Cumplir los requisitos del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (excepto el previsto en el párrafo e)
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • No ser deudora por procedimiento de reintegro
  • Presentar la solicitud en el plazo máximo de diez días desde la entrada en vigor del real decreto

Documentación necesaria

  • Declaración responsable acreditativa del cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, realizada conforme a los artículos 25 y 26 del reglamento
  • Memoria de las actividades a financiar
  • Presupuesto de las actividades a financiar que permita verificar la adecuada aplicación de la subvención
  • Certificaciones de estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social (si no se autoriza la comprobación telemática)
  • Declaración de no ser deudora por procedimiento de reintegro

Cómo solicitar

  1. 1La entidad beneficiaria presenta la solicitud a través del registro electrónico de la sede electrónica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, dirigida al órgano concedente, mediante el formulario habilitado al efecto, en el plazo máximo de diez días desde la entrada en vigor del real decreto
  2. 2Se aporta junto con la solicitud la declaración responsable y la memoria y presupuesto de las actividades a financiar
  3. 3El órgano instructor (Escuela Diplomática) verifica la documentación y, si procede, requiere la subsanación en el plazo de diez días
  4. 4El órgano instructor formula propuesta de resolución definitiva y la notifica a la entidad beneficiaria
  5. 5La entidad beneficiaria comunica en el plazo de diez días hábiles la aceptación de la subvención y el sometimiento a sus condiciones
  6. 6La Subsecretaría de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación dicta y notifica la resolución de concesión en el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor del real decreto

Dónde: Registro electrónico de la sede electrónica asociada del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, dirigido al órgano concedente (Escuela Diplomática / Subsecretaría de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/909063Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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