Convenio entre el Club Esgrima Atlántico y el Ayuntamiento de A Coruña para el fomento y promoción de la esgrima y del deporte inclusivo
ImporteHasta 4000 €
Plazo de solicitudHasta 12 jun 2026
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Descripción
Educación
Requisitos
- Ser una entidad sin ánimo de lucro con estatutos vigentes y aprobados
- Tener como objeto social el desarrollo de la esgrima en la ciudad de A Coruña
- Estar al corriente de cuantas licencias y autorizaciones de organismos competentes en materia de sanidad, trabajo, educación, hacienda u otras resulten necesarias para el desarrollo de la actividad
- No tener relación de dependencia con el Ayuntamiento de A Coruña
- Destinar los fondos a la finalidad prevista (fomento y promoción de la esgrima y del deporte inclusivo) durante el ejercicio 2026
- Comunicar por escrito y de forma motivada, con una antelación mínima de dos meses a la finalización de la actividad, cualquier modificación sustancial del proyecto
- Comunicar al Ayuntamiento en un plazo máximo de un mes la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad
- Someterse a las actuaciones de verificación económica y técnica del Ayuntamiento, Intervención General Municipal, Consejo de Cuentas de Galicia y Tribunal de Cuentas
- Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos
- Cumplir con las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social, mutualismo laboral y convenio colectivo del sector
- Cumplir con la Ley orgánica 1/1996 de protección jurídica del menor (art. 13.5) para el personal en contacto habitual con menores
- Cumplir con la normativa de igualdad efectiva de mujeres y hombres (LO 3/2007, Ley 11/2007 gallega, Ley 2/2014, Ley 7/2023 y Ordenanza municipal de igualdad)
- Garantizar la representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres (LO 2/2024)
- Usar la lengua gallega en toda la comunicación, producción escrita y oral de la actividad subvencionada (art. 20.4 de la Ordenanza municipal reguladora del uso de la lengua gallega)
- Hacer constar expresamente la colaboración del Ayuntamiento de A Coruña ('COLABORA AYUNTAMIENTO DE A CORUÑA') e incorporar su logotipo oficial en todas las acciones, comunicaciones o presentaciones públicas
Documentación necesaria
- Memoria descriptiva de la actividad y finalidad (anexo al convenio)
- Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley General de Subvenciones y la Ordenanza municipal
- Memoria justificativa final de la actividad con desglose por sexo de las personas beneficiarias y de las personas trabajadoras de la asociación
- Facturas y demás justificantes de gasto abonados desde la cuenta de la entidad
- Certificación de la persona representante legal identificando nominativamente a las personas voluntarias participantes, funciones, días y horas y justificación de su necesidad (en su caso)
- Documentos gráficos de los elementos publicitarios utilizados y de la inserción del logotipo municipal
- Ejemplar del modelo utilizado en cartelería, dípticos y trípticos
- Desglose detallado del gasto de personal por trabajadores, funciones, nóminas y porcentaje de imputación al proyecto
- Declaración responsable sobre el cumplimiento del art. 13.5 de la Ley orgánica 1/1996 para el personal en contacto con menores
- Documentación acreditativa de la comunicación al Ayuntamiento de otras ayudas o subvenciones obtenidas para la misma finalidad
Cómo solicitar
- 1Se trata de una subvención nominativa directa prevista en el Presupuesto Municipal 2026, no de una convocatoria pública en concurrencia competitiva
- 2La ENTIDAD presenta por registro la documentación necesaria para la suscripción del convenio (fecha de presentación: 26/05/2026)
- 3El centro gestor (Concejalía de Deportes) revisa la documentación presentada y los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos
- 4La Concejalía de Deportes, por delegación de la Junta de Gobierno Local (acuerdo del 04/07/2024), autoriza el gasto y resuelve suscribir el convenio de colaboración
- 5Se suscribe el convenio de colaboración entre el Ayuntamiento y la ENTIDAD
- 6La ENTIDAD ejecuta la actividad subvencionada entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
- 7La ENTIDAD presenta la documentación justificativa en el plazo establecido en la cláusula novena del convenio
Dónde: Registro electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento de A Coruña (https://sede.coruna.gob.es) o a través de los registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/912902Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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