Ayudas a la contratación temporal de personas desempleadas de Avilés
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Descripción
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a empresas, autónomos y entidades sin ánimo de lucro que contraten a personas desempleadas empadronadas en Avilés, cubriendo hasta dos meses de coste salarial (sueldo bruto, cotización a la Seguridad Social y prorrata de pagas extras) con un presupuesto total de 77.500 euros.
Requisitos
- Ser empresa, trabajador/a autónomo/a o entidad sin ánimo de lucro con actividad en el Principado de Asturias
- No estar incurso en las circunstancias excluyentes del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
- No haber sido excluido de programas de empleo por infracciones en materia laboral
- No haber amortizado puestos de trabajo fijos en los tres meses anteriores mediante despidos improcedentes, objetivos o colectivos
- Tener organizado y en vigor el sistema de prevención de riesgos laborales
- Estar al corriente de obligaciones con la Seguridad Social, AEAT, Principado de Asturias y Ayuntamiento de Avilés
- No haber sido sancionado por vulnerar derechos fundamentales de los trabajadores ni por accidentes laborales en los seis meses anteriores
- La persona contratada debe estar empadronada en Avilés durante los 12 meses anteriores
- La persona contratada debe carecer de ocupación laboral en el mes anterior a la fecha de alta
- Las contrataciones deben iniciarse entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026
- Duración mínima del contrato de seis meses
- Cualquier modalidad de contratación salvo contrato de formación en alternancia
- Los contratos deben suponer incremento neto de plantilla respecto a la media de los cuatro meses previos
- El nivel de plantilla media debe mantenerse o aumentarse durante seis meses desde la contratación
- Jornada completa o parcial con mínimo del 50% (75% en caso de residentes por arraigo para la formación sin menores a cargo)
- No contratar a cónyuge, descendientes o parientes hasta segundo grado del empresario o cargos de dirección/administración
Documentación necesaria
- Solicitud según modelo normalizado con identificación del perfil y categoría profesional a contratar y detalle del puesto
- Documento que acredite la actuación del representante legal
- Informe de Plantilla Media de Trabajadores en Alta expedido por la TGSS de los cuatro meses naturales anteriores y del mes natural del contrato
- Documentos acreditativos de inscripción expedidos por la TGSS si la empresa lleva menos de tres meses en funcionamiento
- Contrato de trabajo con sello del Servicio Público de Empleo o justificante de comunicación a la oficina del SEPE con huella electrónica visible
- Vida Laboral de la persona desempleada contratada, actualizada a fecha de presentación de la solicitud
- Acreditación de haber solicitado la Autorización de Residencia y Trabajo ante la Oficina de Extranjería o Declaración Responsable de estar en situación de solicitarla
- Declaración responsable sobre cualquier ayuda recibida en régimen de mínimis durante los dos ejercicios fiscales anteriores y el actual
- Tarjeta de identificación fiscal (solo para entidades que soliciten por primera vez)
- Ficha de Acreedores (solo para entidades que soliciten por primera vez)
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar la solicitud según modelo normalizado identificando perfil, categoría profesional y puesto de trabajo ofertado
- 2Reunir la documentación requerida en la cláusula sexta (una solicitud por cada contratación si se piden dos)
- 3Presentar la solicitud a través de la sede electrónica municipal https://sedeelectronica.aviles.es/Convocatorias (obligatorio para personas jurídicas) o por cualquier medio previsto en el artículo 16 de la Ley 39/2015
- 4Firmar electrónicamente con certificado digital o a través de asociaciones empresariales, cámaras de comercio, asesorías o gestorías con representación acreditada
- 5Esperar la resolución del Concejal delegado de Educación, Deporte, Formación y Empleo en un plazo máximo de 3 meses desde la finalización del plazo de presentación
- 6Recibir la notificación de la resolución; contra la misma cabe recurso potestativo de reposición en un mes o recurso contencioso-administrativo en dos meses
Dónde: Sede electrónica municipal del Ayuntamiento de Avilés (https://sedeelectronica.aviles.es/Convocatorias) o cualquier medio previsto en el artículo 16 de la Ley 39/2015
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