SUBVENCIÓN NOMINATIVA CONVENIO CON LA ASOCIACIÓN PROVINCIAL DE PERSONAS SORDAS DE CÓRDOBA. PROYECTO “EDUCACIÓN DIGITAL.”.
Importe10000.00–10.500 €
Plazo de solicitudHasta 4 may 2026
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Descripción
Servicios Sociales y Promoción Social
Requisitos
- Ser la entidad beneficiaria nominativamente designada en el Presupuesto del Instituto Provincial de Bienestar Social: Asociación Provincial de Personas Sordas de Córdoba
- Tener personalidad jurídica propia y plena autonomía (art. 2 de los Estatutos de la entidad)
- Estar al corriente de las obligaciones con la Corporación y, en su caso, de las obligaciones por reintegro de subvenciones
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Disponer de capacidad legal y representación suficiente para la firma del convenio (representada por Dña. Ana María Sánchez Criado, Presidenta)
- Que el objeto de la subvención sea complementario a los servicios y programaciones del Organismo Autónomo
Documentación necesaria
- Cuenta justificativa simplificada con el contenido previsto en el artículo 75 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones (o artículo 72, en su caso)
- Acreditación de estar al corriente de las obligaciones con la Corporación
- Anexo Económico del Convenio con desglose de gastos e ingresos imputables a la actividad
- En su caso, tres ofertas de diferentes proveedores cuando el importe del gasto supere las cuantías del contrato menor
- Memoria justificativa de la elección cuando la oferta seleccionada no sea la más ventajosa económicamente
- Comunicación de otras ayudas obtenidas o solicitadas para la misma actividad (art. 14.1.d LGS)
- Publicidad del carácter público de la financiación: descripción del proyecto en web corporativa y redes sociales, y leyenda relativa a la financiación pública
Cómo solicitar
- 1La subvención es de carácter nominativo, por lo que no se requiere solicitud en régimen de concurrencia competitiva: figura incluida directamente en el Presupuesto del Organismo Autónomo
- 2Aprobación del Presupuesto General 2026 por el Pleno de la Diputación de Córdoba en sesión extraordinaria de 25 de marzo de 2026 (publicado en BOP n.º 60 de 26 de marzo de 2026)
- 3Exposición pública del presupuesto del 26 de marzo al 20 de abril de 2026 sin reclamaciones, quedando aprobado definitivamente
- 4Resolución de concesión dictada por la Presidenta del IPBS (03-06-2026), expediente GEX 2026/4214, n.º Resolución 2026/00001184
- 5Formalización mediante la suscripción de un Convenio de Colaboración entre el IPBS y la Asociación Provincial de Personas Sordas de Córdoba
- 6Pago de la subvención (10.000,00 €) a la firma del convenio, previa acreditación de estar al corriente de obligaciones
- 7Remisión de información a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (arts. 18.2 y 20.8.b de la LGS)
- 8Publicación en el Portal de Transparencia del IPBS de la información del convenio (Ley 19/2013, Ley 1/2014 de Andalucía y Ordenanza de Transparencia de la Diputación de Córdoba)
- 9Justificación de la subvención en el plazo máximo de tres meses desde la firma del convenio o desde la finalización de la temporalidad del proyecto
Dónde: Instituto Provincial de Bienestar Social de Córdoba. Sede Social: C/. Buen Pastor, 12 - 14003 Córdoba (no procede presentación telemática de solicitud por tratarse de subvención nominativa directa; la gestión se realiza mediante Convenio de Colaboración)
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/912907Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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