Ayudas vehículos adaptados personas movilidad reducida
Análisis con IA para tu perfil
Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.
Descripción
Subvenciones destinadas a compensar el sobrecoste operativo que soportan los titulares de autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor adaptados y licencias de autotaxi adaptado domiciliadas en la Comunidad de Madrid por la prestación de servicios de transporte a personas con movilidad reducida. La ayuda se determina por prorrateo del presupuesto total (600.000 €) entre los beneficiarios, con un máximo de 2.000 € por beneficiario.
Requisitos
- Ser persona física o jurídica titular, a fecha de solicitud, de una autorización de vehículo de arrendamiento con conductor adaptado domiciliada en la Comunidad de Madrid, o de una licencia de autotaxi adaptado domiciliada en un municipio de la Comunidad de Madrid
- Estar inscrito en una plataforma de reserva que permita acreditar el número de viajes destinados al traslado de personas con movilidad reducida
- Realizar un mínimo de 200 viajes destinados al traslado de personas con movilidad reducida durante el periodo subvencionable (del 1 de enero al 31 de octubre de 2026)
- Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no tener deudas o sanciones tributarias en periodo ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que estén garantizadas
- No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- No superar el límite de ayudas de minimis de 300.000 € acumuladas en un periodo de tres años consecutivos (Reglamento UE 2023/2831)
- No haber sido revocada ninguna subvención del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería por causas imputables al solicitante
Documentación necesaria
- Acreditación de la autorización de arrendamiento de vehículo con conductor adaptado en la Comunidad de Madrid, o de la licencia de autotaxi adaptado en un municipio de la Comunidad de Madrid
- Declaración responsable de que el vehículo cumple la Norma UNE 26494:2014 sobre requisitos técnicos de vehículos para transporte de personas con movilidad reducida (hasta 9 plazas incluido conductor)
- Declaración responsable de compromiso de realizar el número mínimo de viajes establecido en la convocatoria durante el periodo subvencionable
- Declaración de una plataforma de reserva que acredite la inscripción del solicitante y se comprometa a certificar que los viajes corresponden a traslados de personas con movilidad reducida
- Bastanteo de poderes emitido por un letrado de la Comunidad de Madrid, en su caso
- Declaración responsable de que las ayudas de minimis percibidas no superan los 300.000 € en un periodo de tres años consecutivos
- Certificados de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (salvo oposición expresa del solicitante, en cuyo caso la Dirección General los recabará directamente)
- Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003 y de no tener deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad de Madrid
- Documento bancario que acredite la identificación completa de la cuenta del solicitante para el ingreso de la ayuda
- NIF del solicitante y, en su caso, del representante (consultado por la Comunidad de Madrid salvo oposición expresa)
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar la solicitud conforme al modelo disponible en www.comunidad.madrid
- 2Disponer de un certificado electrónico reconocido o cualificado de firma electrónica operativo en la Comunidad de Madrid
- 3Acceder al Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid a través de https://sede.comunidad.madrid/
- 4Presentar la solicitud y anexar la documentación requerida en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la orden en el BOCM
- 5Si la solicitud no reúne los requisitos, el órgano competente requerirá la subsanación en un plazo máximo e improrrogable de 10 días a través del Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid
- 6El órgano instructor (Dirección General de Transportes y Movilidad) examinará el expediente y formulará propuesta de resolución provisional, concediendo 10 días de alegaciones
- 7La resolución se notificará por el Sistema de Notificaciones Telemáticas y se publicará en el BOCM; plazo máximo de resolución y notificación: 3 meses desde la publicación del extracto
- 8Justificar la ayuda entre el 1 y el 15 de noviembre de 2026 mediante cuenta justificativa, aportando certificado de la plataforma de reserva con la relación de viajes realizados a personas con movilidad reducida, presentado exclusivamente de forma electrónica en www.comunidad.madrid
Dónde: Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid, a través de la sede electrónica https://sede.comunidad.madrid/
Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.