Convocatoria de las subvenciones en materia de promoción económica mediante la contratación y la emprenedoria a Torrefarrera 2024 y 2025
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Descripción
Línea de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para fomentar la promoción económica y la creación de empleo en Torrefarrera, articulada en dos líneas: apoyo a empresas que contraten personas desempleadas empadronadas en el municipio (Línea 1) y ayudas a personas emprendedoras y autónomas que inicien actividad económica en el municipio (Línea 2), con una dotación total de 25.000 € financiada mediante operación de deuda del presupuesto municipal de 2026.
Requisitos
- Línea 1 - Contratación: Personas físicas o jurídicas con actividad y sede social en Torrefarrera que hayan contratado a personas desempleadas empadronadas en el municipio durante 2024 y 2025
- Línea 1: Disponer de autorización, licencia municipal o comunicación para el ejercicio de la actividad
- Línea 1: Tener una plantilla media anual de un máximo de 10 trabajadores, según certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social
- Línea 1: No haber recibido subvención para esa línea en la edición anterior
- Línea 1: Que la persona contratada no haya sido despedida o haya finalizado su contrato por la misma empresa en los últimos seis meses anteriores a la fecha de contratación
- Línea 1: Que la persona contratada esté empadronada en Torrefarrera antes del 1 de enero de la anualidad correspondiente e inscrita como demandante de empleo en el Servicio de Ocupación de Cataluña
- Línea 1: Mantener a la persona contratada durante un plazo mínimo de 6 meses
- Línea 2 - Emprendimiento: Personas físicas dadas de alta como autónomas y empadronadas en Torrefarrera antes del 1 de enero de la anualidad correspondiente
- Línea 2: Personas jurídicas con sede social en Torrefarrera que hayan iniciado la actividad a partir del 1 de enero del año anterior a la convocatoria
- Línea 2: Personas que hayan adquirido un traspaso de negocio en el municipio durante 2024 y 2025
- Línea 2: Proyectos de nueva creación liderados mayoritariamente (más del 50%) por mujeres durante 2024 y 2025
- Línea 2: Disponer de licencia municipal de obras o comunicación, en su caso
- Línea 2: Disponer de autorización, licencia municipal o comunicación para el ejercicio de la actividad
- Línea 2: No haber recibido subvención por esta línea en los últimos 4 años
- Línea 2: Mantener la actividad abierta al público como mínimo durante un año
Documentación necesaria
- Instancia normalizada dirigida al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Torrefarrera
- Documentación especificada en la Base Décima de la convocatoria
- Certificado final de obras debidamente visado (en su caso)
- Facturas que justifiquen el importe subvencionado
- Justificantes de pago de las facturas
- Autorización, licencia municipal o comunicación para el ejercicio de la actividad
- Licencia municipal de obras o comunicación previa por las obras a ejecutar (en su caso)
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar la instancia normalizada dirigida al Ilmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Torrefarrera
- 2Adjuntar la documentación requerida según la Base Décima de la convocatoria
- 3Presentar la solicitud por cualquiera de los medios admitidos en la legislación vigente
- 4Esperar la valoración e informe motivado de la Comisión de Evaluación
- 5Esperar la resolución de la Junta de Gobierno Local (plazo máximo de 1 mes desde la finalización del plazo de presentación)
- 6Una vez notificada la concesión, justificar la subvención en el plazo máximo de 1 mes aportando certificado final de obras, facturas y justificantes de pago
Dónde: Ayuntamiento de Torrefarrera (por cualquiera de los medios admitidos en la legislación vigente)
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