Resolución de 4 de junio de 2026 de la Dirección General del Instituto de la Juventud, por la que se convocan ayudas de la línea de Deporte, del Programa «Erasmus+», correspondientes a la ronda de febrero de 2026
Análisis con IA para tu perfil
Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.
Descripción
Ayudas en régimen de concurrencia competitiva para financiar proyectos de movilidad del personal de organizaciones deportivas (acción KA182) en el marco del programa Erasmus+ Deporte, con el objetivo de mejorar sus competencias y cualificaciones mediante estancias en el extranjero (aprendizaje por observación de 2 a 14 días y estancias de orientación o formación de 7 a 45 días). La cuantía total máxima de la convocatoria es de 667.000 euros, financiados por la Comisión Europea y dirigidos a organizaciones públicas o privadas activas en el ámbito del deporte de base.
Requisitos
- Ser una organización pública o privada activa en el ámbito del deporte y la actividad física que organice actividades deportivas y físicas a nivel de base (por ejemplo, organización sin ánimo de lucro, autoridad pública local, club deportivo)
- O ser una organización deportiva no perteneciente al deporte de base, siempre que la participación de su personal beneficie a los deportes de base (por ejemplo, organización internacional o federación deportiva nacional)
- Haber justificado suficientemente, en su caso, las ayudas económicas recibidas con anterioridad del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y/o del Ministerio de Juventud e Infancia, así como las ayudas recibidas en los marcos de los programas Juventud, La Juventud en Acción, Erasmus+ o Cuerpo Europeo de Solidaridad
- Residir o estar constituido legalmente en España
- Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social
- Para personas jurídicas: estar legalmente constituidas y, en su caso, debidamente inscritas en el correspondiente Registro Público dentro del plazo de presentación de solicitudes
- Disponer de capacidad financiera y operativa suficiente para llevar a cabo las actividades previstas en el proyecto
- Disponer de Código de Identificación del Participante (OID) obtenido tras registrarse en el sistema de Registro de Organizaciones de Erasmus+ y Cuerpo Europeo de Solidaridad
Documentación necesaria
- Formulario electrónico de solicitud específico de la acción, disponible en la web de la Agencia Nacional Española
- Anexos solicitados en el formulario de solicitud
- Código de Identificación del Participante (OID) con consignación del CIF, NIF o NIE actualizado en el apartado 'VAT number'
- Acreditación de constitución legal e inscripción en el correspondiente Registro Público (para personas jurídicas)
- Documentación acreditativa de la capacidad financiera y operativa suficiente para ejecutar el proyecto
- Certificaciones de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (solo si se deniega expresamente el consentimiento para su obtención directa por el órgano concedente)
- EU Login o credenciales de acceso equivalentes para acceder al portal del participante
Cómo solicitar
- 1Registrarse en el Servicio de Autentificación de la Comisión Europea (EU Login) si no se está registrado previamente: https://webgate.ec.europa.eu/cas/eim/external/register.cgi
- 2Iniciar sesión en el Portal del Participante con la cuenta EU Login y registrar la organización en el Registro de Organizaciones para los Programas Erasmus+ y Cuerpo Europeo de Solidaridad, obteniendo un Código de Identificación del Participante (OID): https://webgate.ec.europa.eu/erasmus-esc/organisation-registration/screen/home
- 3Consignar en el apartado 'VAT number' del OID el CIF, NIF o NIE actualizado
- 4Descargar y cumplimentar el formulario específico de la acción KA182 disponible en la web de la Agencia Nacional Española: https://programaseuropeos.injuve.es/erasmus
- 5Adjuntar todos los anexos requeridos en el formulario
- 6Presentar la solicitud online a través de la plataforma habilitada por la Comisión Europea para el Programa Erasmus+ antes de las 12:00 horas (hora local de Bruselas) del 12 de febrero de 2026
- 7En caso de que la solicitud no reúna los requisitos, el órgano instructor requerirá su subsanación en un plazo máximo de 10 días
Dónde: Plataforma online habilitada por la Comisión Europea para el Programa Erasmus+ (presentación telemática a través de la Agencia Nacional Española - https://programaseuropeos.injuve.es/erasmus)
Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.