CONVOCATORIA AYUDAS A LAS AGRUPACIONES DE DEFENSA SANITARIA GANADERAS RECONOCIDAS EN CANTABRIA PARA EL AÑO 2026
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Descripción
Ayudas en régimen de concurrencia competitiva destinadas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera (ADSG) de ganado bovino reconocidas en Cantabria, para compensar los costes de las actuaciones de prevención, control, lucha o erradicación de enfermedades animales incluidas en sus programas sanitarios comunes. Las ayudas se canalizan a través de las propias ADSG en beneficio final de las pequeñas y medianas explotaciones agrarias integradas en ellas.
Requisitos
- Ser una ADSG de ganado bovino reconocida en Cantabria conforme al Decreto 14/2005, de 3 de febrero
- Las explotaciones integrantes deben estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Hacienda del Gobierno de Cantabria
- Las explotaciones integrantes deben ser explotaciones de productores ganaderos en activo
- Las explotaciones integrantes deben tener la condición de PYME según el anexo I del Reglamento (UE) nº 2472/2022
- Las explotaciones integrantes deben estar inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA)
- No estar sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior
- No ser una empresa en crisis conforme al artículo 2 del Reglamento (UE) nº 2472/2022 y a las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y reestructuración
- Comprometerse a ejecutar un programa sanitario que incluya, al menos, los contenidos mínimos del anexo I y a remitir las muestras al Servicio de Laboratorio y Control de la Consejería
- La ADSG solicitante debe tener la condición de PYME y cumplir los requisitos de las letras a), d) y e) anteriores
- Cumplir el resto de requisitos previstos en el artículo 12.2 y 12.3 de la Ley 10/2006 de Subvenciones de Cantabria
Documentación necesaria
- Solicitud formalizada según modelo del anexo II
- Programa sanitario común a desarrollar durante el año de solicitud, firmado por el/los veterinarios responsables y el Presidente de la ADSG (anexo III), indicando si la toma de muestras la realiza el servicio veterinario de la ADSG o no
- Documento que acredite la relación contractual entre la ADSG y el/los veterinarios responsables, con sus datos completos (nombre, NIF, nº colegiado, domicilio, teléfono, email)
- Declaración responsable de la ADSG según modelo del anexo IV, autorizando a la Dirección General de Ganadería a recabar telemáticamente certificados de la AEAT, TGSS y Gobierno de Cantabria
- Relación de explotaciones integrantes de la ADSG en el momento de la solicitud, firmada por titular o representante de cada explotación y por el Presidente de la ADSG (anexo V)
- Declaración responsable de las explotaciones integrantes según modelo del anexo VI
- Declaración responsable de no hallarse incurso en los supuestos del artículo 13 apartados 2 (excepto letra e) y 3 de la Ley 38/2003
- Acreditación del cumplimiento de los plazos de pago establecidos en la Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad (artículo 13.3 bis Ley 38/2003)
- Presupuesto detallado de gastos para la ejecución del programa sanitario, elaborado y firmado por el veterinario responsable con el visto bueno del Presidente de la ADSG
- Compromiso de cumplimiento de los contenidos mínimos del programa sanitario (anexo I) y de las medidas adicionales dispuestas por los órganos competentes
- Documentación acreditativa de la condición de PYME tanto de la ADSG como de las explotaciones integrantes
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar la solicitud según el modelo del anexo II de la Resolución
- 2Reunir toda la documentación requerida (anexos I, III, IV, V, VI, presupuesto, declaraciones responsables, etc.)
- 3Dirigir la solicitud a la Dirección General de Ganadería, suscrita por el solicitante o su representante legal
- 4Presentar la solicitud en el Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria o en cualquier otro registro o lugar previsto en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018
- 5El plazo de presentación es de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC)
- 6Si se aprecian omisiones o errores, el solicitante dispondrá de 10 días para subsanar la documentación requerida, transcurridos los cuales se le tendrá por desistido
Dónde: Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (o cualquier otro registro previsto en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018)
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