Ayudalíza
CONSELLERÍA DE EMPLEO, COMERCIO Y EMIGRACIÓN

Orden de 21 de mayo de 2026 por la que se aprueban las bases reguladoras para promover la primera experiencia profesional mediante contratos formativos para las personas jóvenes o en el sector artesanal, y se procede a su convocatoria para el año 2026

ImporteHasta 1.000.000 €
Plazo de solicitudHasta 30 sept 2026
Estadoabierta

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Descripción

Subvenciones destinadas a empresas y personas empleadoras con centro de trabajo en Galicia para promover la primera experiencia profesional mediante contratos formativos: Programa I (TR353C) para personas jóvenes menores de 30 años desempleadas, mediante contratos de formación en alternancia o para la obtención de la práctica profesional; Programa II (TR353E) para oficios artesanales inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia, con el fin de conservar estos oficios y garantizar su continuidad.

Requisitos

  • Ser persona empleadora o empresa con centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia
  • No ser administración pública, sociedad pública, entidad vinculada o dependiente, ni entidad sin ánimo de lucro
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia
  • No estar excluido del acceso a los beneficios de los programas de empleo conforme a los artículos 46 y 46 bis del texto refundido de la LISOS
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y con la Administración pública de la Comunidad Autónoma
  • Cumplir los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004 para subvenciones superiores a 30.000 euros
  • Para el Programa I (TR353C): contratar a personas jóvenes mayores de 16 años y menores de 30 años, desempleadas e inscritas en el Servicio Público de Empleo de Galicia
  • Para el Programa II (TR353E): el taller artesano debe estar inscrito en el Registro General de Artesanía de Galicia
  • Las personas autónomas societarias solo podrán presentar una única solicitud

Documentación necesaria

  • Anexo 1.1 de solicitud para el Programa I (TR353C)
  • Anexo 1.2 de solicitud para el Programa II (TR353E)
  • Declaración responsable contenida en el anexo correspondiente
  • Acreditación de representación cuando se actúe mediante representante, salvo inscripción en el Registro Electrónico General de Apoderamientos de Galicia
  • En caso de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de agrupación, la documentación acreditativa correspondiente
  • Anexo III: documento firmado por la persona o personas a contratar autorizando u oponiéndose a la comprobación de sus datos

Cómo solicitar

  1. 1Cumplimentar el modelo de solicitud normalizado (Anexo 1.1 para Programa I o Anexo 1.2 para Programa II)
  2. 2Acceder a la Sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal)
  3. 3Identificarse mediante cualquiera de los mecanismos admitidos (incluido el sistema Chave365)
  4. 4Presentar la solicitud por medios electrónicos de forma obligatoria
  5. 5Aportar la documentación complementaria requerida junto con la solicitud
  6. 6La solicitud se presentará por separado para cada uno de los programas

Dónde: Sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal) - presentación obligatoria por medios electrónicos

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/911184Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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