Bases reguladoras de las ayudas para la transformación digital de las pymes, cofinanciadas FEDER, concurrencia competitiva, Reglamento 651/2014
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Descripción
Ayudas en régimen de concurrencia competitiva destinadas a financiar proyectos de transformación digital de pymes gallegas, cofinanciadas por la UE a través del Programa Galicia FEDER 2021-2027, con convocatoria para los años 2026-2027 bajo el objetivo específico 1.2 de aprovechamiento de las ventajas de la digitalización para empresas. Los beneficiarios obtienen financiación para proyectos de digitalización (incluidos comercio electrónico, procesos empresariales en red y polos de innovación digital).
Requisitos
- Ser pyme con actividad en Galicia
- Cumplir el principio de no causar perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH)
- Para subvenciones superiores a 30.000 €: cumplir con la normativa de plazos de pago a proveedores (Ley 3/2004)
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la AEAT y con la Consellería de Hacienda y Administración Pública
- Estar al corriente de pago con la Seguridad Social
- No estar incurso en inhabilitaciones para obtener subvenciones
- En caso de agrupación, presentar documento de constitución conforme al artículo 4.3 de las bases
- Acreditar la representación legal cuando proceda
Documentación necesaria
- Memoria descriptiva del proyecto con mención a los criterios de evaluación y selección del artículo 6
- Tres ofertas de distintos proveedores, en aplicación del artículo 29.3 de la Ley de subvenciones de Galicia y artículo 5.7 de las bases reguladoras, cuando proceda
- Documento de constitución de la agrupación (artículo 4.3), si es el caso
- Para subvenciones superiores a 30.000 €: certificación o informe de procedimientos acordados sobre cumplimiento de plazos de pago a proveedores
- En caso de oposición a la consulta del artículo 9: justificante del depósito en el Registro Mercantil de las cuentas anuales del último ejercicio cerrado
- Para entidades no inscritas en el Registro Mercantil: escritura o documento válido de constitución, estatutos inscritos y acreditación de la representación
- Escritura de constitución de la sociedad
- Poder de representación
- DNI/NIE de la persona solicitante y/o representante
- Anexo III: Declaración responsable del cumplimiento del principio DNSH
Cómo solicitar
- 1Acceder a la sede electrónica de la Xunta de Galicia e identificarse con certificado electrónico o Chave365
- 2Cumplimentar el formulario de solicitud (Anexo I, código IG300C) con los datos de la persona solicitante y representante
- 3Indicar los datos bancarios (IBAN) para el pago de la ayuda
- 4Aportar la documentación requerida: memoria descriptiva, tres ofertas, escritura de constitución, poder de representación, etc.
- 5Marcar las casillas de oposición o autorización a la consulta de datos por la administración, según corresponda
- 6Cumplimentar y firmar la Declaración responsable del cumplimiento del principio DNSH (Anexo III)
- 7Presentar la solicitud electrónicamente a través del sistema Notifica.gal
- 8Las notificaciones se realizarán exclusivamente por medios electrónicos a través de Notifica.gal
Dónde: Sede electrónica de la Xunta de Galicia, a través del Sistema de notificación electrónica de Galicia-Notifica.gal (https://notifica.xunta.gal), con certificado electrónico o Chave365
Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.