Ayudalíza
CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y POLÍTICA AGRARIA

RESOLUCIÓN de 5 de junio de 2026 por la que se aprueba la convocatoria de subv. para serv. de asesoría en las pequeñas y medianas explot. agrícolas prestados por ATRIAS.

Próximamente · pendiente de publicación oficial

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Descripción

Ayudas en régimen de concurrencia competitiva destinadas a financiar los servicios de asesoramiento para la gestión integrada de plagas prestados por las ATRIAS a pequeñas y medianas explotaciones agrarias del Principado de Asturias dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas. La cuantía máxima por ATRIA es de 6.000 euros, con un presupuesto total autorizado de 36.000 euros.

Requisitos

  • Ser Agrupación para Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIA) constituida por pequeñas y medianas explotaciones agrarias del Principado de Asturias dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas
  • Tener la consideración de pequeña y mediana explotación agraria: ocupar a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no exceda de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros
  • Prestar servicios de asesoramiento para llevar a cabo programas de gestión integrada de plagas conforme al artículo 14 de la Directiva 2009/128/CE
  • Cumplir los requisitos y obligaciones establecidos en las bases reguladoras cuarta y octava de la Resolución de 6 de abril de 2015 (BOPA de 21 de abril de 2015)

Documentación necesaria

  • Documentación prevista en los modelos normalizados de solicitud disponibles en el portal www.asturias.es (Ficha Código: AYUD0182T01)
  • Documentación recogida en la base séptima de las bases reguladoras de estas ayudas
  • Antes del 15 de noviembre de 2026, documentación recogida en la base reguladora decimotercera para percibir la ayuda
  • Cualquier documentación adicional que el órgano instructor requiera en cualquier momento del procedimiento

Cómo solicitar

  1. 1Acceder al portal www.asturias.es y localizar los modelos normalizados de solicitud (Ficha Código: AYUD0182T01)
  2. 2Cumplimentar la solicitud y reunir la documentación exigida conforme a la base séptima de las bases reguladoras
  3. 3Presentar la solicitud telemáticamente, acompañada de la documentación requerida, conforme al artículo 28 de la Ley 39/2015
  4. 4El Servicio de Sanidad y Producción Animal (órgano instructor) revisará el expediente y verificará la documentación
  5. 5En caso de documentación incompleta o defectuosa, subsanar en el plazo de diez días hábiles tras el requerimiento
  6. 6La Comisión de evaluación analiza y valora las solicitudes conforme a los criterios de la base reguladora undécima
  7. 7La persona titular de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria resuelve la concesión en un plazo máximo de cinco meses desde el fin del plazo de solicitud
  8. 8Antes del 15 de noviembre de 2026, presentar la documentación justificativa prevista en la base reguladora decimotercera para percibir la ayuda

Dónde: Portal www.asturias.es (presentación telemática) - Ficha Código: AYUD0182T01

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/911690Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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