IX Convocatoria de ayudas municipales para la creación y consolidación de iniciativas empresariales y generación de empleo en el Vivero de Empresas
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Descripción
Convocatoria de ayudas económicas a fondo perdido destinadas a autónomos y pymes instaladas en el Vivero de Empresas de Miranda de Ebro, con un importe máximo de 5.000 € por beneficiario y un crédito total de 25.000 € para 2026, destinadas a cubrir hasta el 80% de gastos de ocupación de espacios, funcionamiento, publicidad y formación.
Requisitos
- Ser autónomo o empresa (pyme o micropyme) cuya actividad se haya iniciado en un plazo inferior a ocho años desde la publicación de la convocatoria
- Estar instalado física y exclusivamente en el Vivero de Empresas de Miranda de Ebro durante 2026 (en oficinas o pabellones)
- Actividades con cualquier antigüedad también podrán beneficiarse durante su primer año de instalación en el Vivero (solo para gastos de 2026)
- No haber percibido la subvención en más de cuatro anualidades por el mismo beneficiario
- Desarrollar la actividad empresarial como PYME o autónomo de manera exclusiva en el Vivero de Empresas durante 2026, siendo éste su espacio habitual de trabajo
- Tener el domicilio social y fiscal en Miranda de Ebro
- No tener otro centro de trabajo distinto del abierto en el Vivero de Empresas
- Cumplir los límites del régimen de minimis (Reglamento UE 1407/2013)
- No ser administración pública, sociedad pública ni entidad vinculada o dependiente
- No ser asociación, fundación ni entidad sin ánimo de lucro
Documentación necesaria
- Memoria de la actividad empresarial (datos del promotor, nombre de empresa, sector, fecha de creación, forma jurídica, antigüedad en el Vivero, número de espacios arrendados, socios, socios trabajadores y personas contratadas)
- Contrato o certificación de la Cámara de Comercio e Industria de Miranda de Ebro que acredite la instalación en el Vivero de Empresas en 2026 y estar al corriente de pagos
- DNI del solicitante (personas físicas) o Tarjeta de identificación fiscal NIF (personas jurídicas)
- Certificado de situación censal actualizado emitido por la Agencia Tributaria
- Resolución/certificado del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutua profesional correspondiente y recibo del último mes
- Informe de Vida Laboral actualizado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social
- Informe de Trabajadores en Alta (I.T.A.) del último mes, en caso de tener empleados
- Escritura de constitución de la empresa o documento de constitución e identificación del órgano de administración (personas jurídicas)
- Curriculum Vitae del solicitante o titulares de la actividad
- Certificado bancario de titularidad de cuenta a nombre del solicitante o de la actividad
- Documento que acredite la representación del firmante conforme a la legislación vigente
- Declaración Responsable conforme al Anexo I
- Documento indicando la modalidad o modalidades de ayuda solicitadas conforme al Anexo II
- Autorización al Ayuntamiento conforme al Anexo III para solicitar datos a la Agencia Tributaria y TGSS
- Documentación acreditativa de los criterios de valoración a, c, d y e de la Cláusula Décima
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar la solicitud dirigida a la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Miranda de Ebro
- 2Descargar los modelos de solicitud disponibles en https://www.mirandadeebro.es/tipo-documentacion/ayudas-y-subvenciones/
- 3Adjuntar toda la documentación obligatoria según se trate de persona física o jurídica
- 4Presentar la solicitud a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento (personas físicas y jurídicas) o, previa cita, en el Servicio de Atención Ciudadana (S.A.C.) - solo personas físicas
- 5Si la solicitud presenta defectos, el Ayuntamiento podrá requerir su subsanación en un plazo máximo de 10 días
- 6Esperar la resolución de la Junta de Gobierno Local, con plazo máximo de 3 meses desde la finalización del plazo de presentación
- 7Una vez concedida la ayuda, presentar la justificación con facturas, justificantes bancarios de pago y cuenta justificativa conforme al Anexo II de la Ordenanza General de Subvenciones
Dónde: Sede Electrónica del Ayuntamiento de Miranda de Ebro (https://sede.mirandadeebro.es) para personas físicas y jurídicas, o presencialmente previa cita en el Servicio de Atención Ciudadana (S.A.C.) del Ayuntamiento de Miranda de Ebro únicamente para personas físicas
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