Subvenciones 2026 para el fomento de la integración cooperativa en el sector agroalimentario de Extremadura, convocadas por Decreto 91/2026
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Descripción
Subvenciones para fomentar la integración cooperativa en el sector agroalimentario extremeño, mediante cinco líneas de ayuda: fusión de cooperativas, constitución de cooperativas de segundo grado o grupos cooperativos, incorporación a cooperativas o entidades asociativas, acuerdos intercooperativos y reconocimiento como Entidad Agroalimentaria Prioritaria. Las ayudas están sujetas al régimen de minimis (máximo 300.000 € por beneficiaria en tres años) y se dirigen a sociedades cooperativas y entidades agroalimentarias inscritas en los registros correspondientes.
Requisitos
- Estar inscrita en el Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura, en el Registro de Entidades Agroalimentarias Prioritarias de Extremadura o en el registro correspondiente a su forma jurídica, con domicilio social en Extremadura
- No estar incursa en las prohibiciones del artículo 12 apartados 2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo
- Para cooperativas de primer grado: composición del Consejo Rector tendente a la paridad, con presencia de mujeres proporcional al número de socias (art. 50.7 Ley 9/2018)
- Las entidades participantes deben tener al menos cinco años de antigüedad desde su constitución (excepto cooperativas de primer y segundo grado de nueva constitución)
- Aprobación del acuerdo de la actuación subvencionable por la Asamblea General o Consejo Rector de cada entidad participante
- Aportar un proyecto de integración que describa las fases, el proceso y los gastos previstos
- Para subvenciones superiores a 30.000 €: acreditar el cumplimiento de los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004
- No superar el límite de acumulación de ayudas de minimis de 300.000 € en tres años
Documentación necesaria
- Certificación del registro correspondiente que acredite inscripción, no disolución, objeto social y domicilio social en Extremadura
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones, de ayudas minimis recibidas en los tres últimos años y composición de socios desagregada por sexo
- Certificaciones de estar al corriente con la Agencia Tributaria, Tesorería General de la Seguridad Social y Hacienda Autonómica (salvo autorización de consulta)
- Certificación del Registro de sociedades cooperativas sobre composición del Consejo Rector (para cooperativas de primer grado)
- Certificación del registro correspondiente sobre la fecha de constitución de la entidad
- Certificados de las secretarías de cada entidad participante aprobando el acuerdo de la actuación subvencionable
- Proyecto de integración con descripción de fases, proceso y gastos previstos
- Para subvenciones de importe superior a 30.000 €: certificación o informe de procedimientos acordados de auditor sobre cumplimiento de plazos de pago
Cómo solicitar
- 1Publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
- 2Cumplimentar y presentar la solicitud telemáticamente a través de la sede electrónica de la Junta de Extremadura (obligatorio para personas jurídicas conforme al RD 203/2021)
- 3Aportar junto a la solicitud la documentación requerida y el proyecto de integración
- 4Subsanar en plazo los defectos o falta de documentación si el órgano instructor lo requiere
- 5El Servicio correspondiente de la Dirección General de Cooperativas instruye el procedimiento y realiza las comprobaciones necesarias
- 6La Comisión de Valoración evalúa las solicitudes conforme a los criterios del artículo 11
- 7El órgano instructor eleva propuesta de resolución a la Secretaría General de la Consejería competente
- 8Resolución expresa y notificación en plazo máximo de tres meses desde la publicación de la convocatoria
Dónde: Sede electrónica de la Junta de Extremadura (presentación telemática obligatoria para personas jurídicas)
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