CONVOCATORIA SUBVENCIONES MUNICIPALES DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS EN CREVILLENT, EJERCICIO 2026
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Descripción
Subvenciones municipales del Ayuntamiento de Crevillent para impulsar el crecimiento empresarial mediante tres modalidades: A) emprendimiento de nuevas actividades (hasta 3.000€), B) consolidación empresarial mediante apoyo al pago de alquileres y a establecimientos afectados por obras públicas (hasta 1.000€) y C) inversión en innovación y modernización (hasta 1.000€), con un presupuesto global de 80.000€ dirigido a autónomos y empresas con actividad en el municipio.
Requisitos
- Ser titular de empresa privada (persona física o jurídica), autónomo, comunidad de bienes, sociedad civil u otra entidad económica sin personalidad jurídica legalmente constituida
- Desarrollar la actividad en un establecimiento ubicado en el municipio de Crevillent (o tener domicilio fiscal en el término municipal si no se precisa local)
- Figurar de alta en el RETA en concordancia con la declaración del Censo del IAE
- Mantener la actividad activa al menos hasta el 31 de diciembre de 2026
- No superar el promedio de 10 trabajadores de alta en el mes anterior a la presentación de la solicitud
- Disponer de Licencia Municipal de Actividad y Apertura o declaración responsable suscrita por el titular
- No estar incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
- Estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Crevillent
- Modalidad A: Empresas de nueva creación constituidas entre el 16 de septiembre de 2025 y la fecha de solicitud, sin haber figurado de alta en el RETA durante los seis meses anteriores
- Modalidad B: Actividad con antigüedad inferior a tres años desde la fecha de Alta en el Censo IAE (salvo afectados por obras públicas)
- Quedan excluidas: Administraciones públicas, organismos autónomos, empresas públicas, asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro
Documentación necesaria
- NIF por las dos caras o NIE acompañado del pasaporte (persona física)
- CIF de la empresa y NIF del representante legal, copia de la Escritura de Constitución y estatutos actualizados inscritos en el Registro correspondiente (persona jurídica)
- CIF y NIF del representante, copia del contrato de constitución registrado en el PROP (comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades sin personalidad jurídica)
- Acreditación de representación formalizada y firmada por las partes, con copia del DNI de ambos (si se actúa mediante representante)
- Certificado actualizado de Situación del Censo de Actividades Económicas (IAE)
- Informe actualizado de la TGSS sobre promedio de trabajadores o plantilla media de alta en el mes anterior a la solicitud
- Resolución de Alta en el RETA (autónomos) o Resolución de Alta en la Seguridad Social (régimen general asimilado)
- Certificación o Resolución de la TGSS sobre el alta del representante legal de la empresa
- Certificado de Vida Laboral del autónomo o representante legal de la empresa (Vida Laboral de inicio de la actividad en caso de empresa)
- Licencia Municipal de Actividad y Apertura, solicitud y justificante de pago de tasa, o declaración responsable suscrita por el titular si la actividad carece de establecimiento
- Anexo I: Relación ordenada y detallada de los gastos subvencionables
- Anexo II: Declaración Responsable firmada por la persona interesada o representante legal
Cómo solicitar
- 1Acceder a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Crevillent (https://crevillent.sedipualba.es)
- 2Entrar en el Catálogo de trámites, área de Agencia de Desarrollo Local / Servicios relacionados con la ciudadanía
- 3Cumplimentar el formulario de solicitud normalizado y los formularios de uso obligatorio (Acreditación de representación si procede, Anexo I Relación de gastos subvencionables, Anexo II Declaración Responsable)
- 4Adjuntar la documentación requerida actualizada a la fecha de presentación
- 5Presentar telemáticamente la solicitud a través de la Sede Electrónica
- 6En caso de deficiencias u omisiones, subsanar electrónicamente en el plazo máximo de diez días hábiles tras el requerimiento
- 7Esperar la notificación de la resolución de concesión
Dónde: Sede Electrónica del Ayuntamiento de Crevillent (https://crevillent.sedipualba.es) - Catálogo de trámites / Agencia de Desarrollo Local
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