Resolución de 11 de junio de 2026 de la Presidencia del CDTI por la que se aprueba la convocatoria para el año 2026 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a Proyectos de I+D en cooperación tecnológica internacional (INNOGLOBAL)
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Descripción
Subvenciones cofinanciadas con fondos FEDER 2021-2027 para que empresas españolas (pymes y grandes empresas bajo condiciones) participen en proyectos internacionales de I+D en cooperación tecnológica en el marco de programas multilaterales, bilaterales o con certificación unilateral gestionados por CDTI, con el fin de reforzar sus capacidades tecnológicas y ampliar el impacto de sus productos, procesos y servicios en los mercados globales.
Requisitos
- Tener personalidad jurídica propia, estar válidamente constituido y tener domicilio fiscal en España, o en la UE con establecimiento o sucursal en territorio español
- Ser pyme según la definición del Anexo I de la Orden CNU/161/2025, o gran empresa cuya dirección de desarrollo del proyecto se localice en Canarias o con menos de 499 empleados (pequeñas empresas de mediana capitalización)
- Presupuesto elegible mínimo del proyecto de 175.000 euros
- Desarrollar las actividades en una sola Comunidad/Ciudad Autónoma de las siguientes: Andalucía, Castilla-La Mancha, Extremadura, Baleares, Canarias, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Galicia, Murcia, Ceuta o Melilla
- Proyectos plurianuales con inicio el 1 de enero de 2027 y finalización el 31 de diciembre de 2028 o el 30 de junio de 2029
- Proyectos de I+D realizados en el marco de los programas de colaboración tecnológica internacional del CDTI definidos en el Anexo I
- No ser empresa en crisis conforme al artículo 2.18 del Reglamento (UE) 651/2014
- No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras decisión de la Comisión Europea declarando ayuda ilegal e incompatible
- Tener depositadas las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2024 en el Registro Mercantil o registro oficial equivalente
- No tener pendientes obligaciones de reintegro de subvenciones o ayudas
- No estar constituido en una jurisdicción no cooperativa identificada como tercer país de alto riesgo
- No desarrollar tecnología de uso militar
Documentación necesaria
- Memoria técnica de la entidad española conforme al Anexo II
- Informe de revisión de la memoria económica realizado por auditor (Anexo III)
- Declaraciones responsables a presentar con la solicitud conforme al Anexo IV
- Cuentas anuales del ejercicio 2024 depositadas en el Registro Mercantil o registro oficial equivalente
- Memoria justificativa de emisiones de gases de efecto invernadero en caso de actividades incluidas en el RCDE UE cuyas emisiones no sean inferiores a los parámetros de referencia
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar y presentar la solicitud por vía electrónica a través de la sede electrónica del CDTI dentro del plazo habilitado (Artículo 9)
- 2Adjuntar la documentación requerida: memoria técnica (Anexo II), declaraciones responsables (Anexo IV) y resto de documentación exigida
- 3En su caso, subsanar la solicitud en el plazo conferido tras requerimiento del órgano instructor (Artículo 10)
- 4Someterse a la fase de instrucción y evaluación por parte del CDTI (Artículos 11 y 12)
- 5Recibir la propuesta de resolución, trámite de audiencia y resolución definitiva (Artículo 15)
- 6Justificar técnica y económicamente la ayuda concedida (Artículo 20)
Dónde: Sede electrónica del CDTI (Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E.)
Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.