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DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN FORESTAL

Ayudas para empresas de explotación forestal y de primera trasformación de madera en localidades de la provincia de Teruel con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel

Próximamente · pendiente de publicación oficial

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Descripción

Ayudas en régimen de concurrencia competitiva simplificada, financiadas con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel (FITE 2024), destinadas a pequeñas y medianas empresas y trabajadores autónomos de la provincia de Teruel del sector de explotación forestal y primera transformación de la madera, para financiar la compra de maquinaria, equipos e instalaciones nuevos o usados para el procesado y primera transformación de la madera (procesadoras, autocargadores, cables aéreos, astilladoras, líneas de aserrado, camiones, etc.), con una dotación total de 1.000.000 euros para el proyecto D.5.

Requisitos

  • Ser pequeña o mediana empresa (PYME) o trabajador autónomo establecido en la provincia de Teruel, con un centro de trabajo abierto y en funcionamiento en el momento de hacerse efectiva la ayuda
  • Las PYME deben estar legalmente constituidas en la fecha de presentación de la solicitud
  • Las personas físicas deben estar dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en mutualidades de previsión social y llevar contabilidad conforme al Plan General de Contabilidad
  • Cumplir con la definición de PYME según el Reglamento (UE) nº 651/2014: microempresa (<10 personas, ≤2M€), pequeña empresa (<50 personas, ≤10M€) o mediana empresa (<250 personas, ≤50M€)
  • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón y con la Seguridad Social
  • No tener deuda pendiente con la Comunidad Autónoma de Aragón ni ser deudor por resolución de procedencia de reintegro
  • No concurrir en ninguna de las circunstancias prohibitivas del artículo 13.2, 3 y 3bis de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • Cumplir con las obligaciones del artículo 14 de la Ley 38/2003 y del artículo 9 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón
  • Mantener la maquinaria adquirida adscrita a centros de trabajo de la provincia de Teruel durante un mínimo de tres años

Documentación necesaria

  • Solicitud electrónica a través de la herramienta corporativa 'Tramitador on line' del Gobierno de Aragón
  • Factura y justificante de pago electrónico de los gastos subvencionados con anterioridad a la finalización del periodo de justificación
  • Acreditación del efectivo cumplimiento de los requisitos y de la realización de la actividad para subvenciones anteriores con el mismo destino y finalidad
  • Documentación justificativa a aportar en formato electrónico según el artículo 14.2 de la Ley 39/2015
  • En caso de bienes inscribibles en registro público, inscripción haciendo constar el importe de la subvención concedida

Cómo solicitar

  1. 1Acceder a la herramienta corporativa de Administración electrónica 'Tramitador on line' del Gobierno de Aragón
  2. 2Cumplimentar y presentar la solicitud electrónicamente junto con la documentación requerida
  3. 3En caso de subsanación, aportar la documentación a través de medios electrónicos
  4. 4Las solicitudes se resolverán por orden de presentación válida y completa hasta el agotamiento de los fondos o el vencimiento del plazo
  5. 5La concesión se realiza mediante concurrencia competitiva simplificada en función de la fecha de presentación válida de la solicitud

Dónde: Sede electrónica del Gobierno de Aragón - herramienta corporativa 'Tramitador on line' (tramitación exclusivamente electrónica)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/912217Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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