Ayudalíza
AYUNTAMIENTO DE HOSPITALET DE LLOBREGAT, L'

CONVOCATORIA Y BASES PARTICULARES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, EN EL ÁMBITO DEL FOMENTO Y FORTALECIMIENTO DE LA ECONOMIA SOCIAL Y LA INNOVACIÓN SOCIAL PARA EL EJERCICIO 2026.

Próximamente · pendiente de publicación oficial

ImporteHasta 200.000 €
Estadoprevista

Análisis con IA para tu perfil

Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.

o hazte Premium · 1,50€/mes

Descripción

Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades ciudadanas sin ánimo de lucro que impulsen programas, proyectos o actividades de fomento de la economía social, la innovación social, la inclusión social, la sostenibilidad ambiental y el emprendimiento en L'Hospitalet de Llobregat, con una dotación total de 200.000 € para el ejercicio 2026.

Requisitos

  • No encontrarse en ninguno de los supuestos establecidos en los apartados 2, 3 y 3 bis del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • Tener sede social o delegación en el término municipal de L'Hospitalet de Llobregat (salvo proyectos considerados de interés para la ciudad)
  • No haber sido sancionada por resolución administrativa firme o condenada por sentencia judicial firme por prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo o género
  • En caso de asociaciones y fundaciones, cumplir los requisitos del artículo 5 de la Ley 11/2023, de 27 de diciembre, de fomento del asociacionismo
  • En caso de tener actividad económica, estar dado de alta en la AEAT y en el IAE
  • Encontrarse al corriente de las obligaciones económicas y tributarias con el Ayuntamiento de L'Hospitalet y con el ORGT de la Diputación de Barcelona
  • En caso de actividades con contacto habitual y directo con menores, presentar declaración responsable de cumplimiento del artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud (Anexo 1) publicado en la sede electrónica municipal
  • Formulario de descripción del proyecto (Anexo 2) publicado en la sede electrónica municipal
  • Memoria técnica descriptiva del proyecto (opcional, complementaria al Anexo 2)
  • Estatutos vigentes de la entidad (o indicación del expediente donde fueron aportados)
  • Fotocopia del NIF de la persona solicitante y de su representante (o indicación del expediente donde fue aportado)
  • Documentación acreditativa de la capacidad de representación de la persona que presenta la solicitud
  • Certificado del secretario/a de la entidad con el nombramiento del órgano de gobierno, cargos, fecha de expiración, nombres, apellidos y DNI de sus miembros
  • Certificado del secretario/a de aprobación de las cuentas anuales del ejercicio 2025 y del presupuesto para 2026, o en su defecto, previsión de cierre y presupuesto
  • Documentación bancaria (ficha de datos bancarios) para entidades de nueva creación, con cambio de cuenta o que no la hayan aportado anteriormente

Cómo solicitar

  1. 1Acceder a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de L'Hospitalet: https://seuelectronica.l-h.cat/
  2. 2Cumplimentar el formulario de solicitud (Anexo 1) y el formulario de descripción del proyecto (Anexo 2), disponibles en la sede electrónica
  3. 3Adjuntar la documentación requerida (estatutos, NIF, acreditación de representación, certificados, documentación bancaria, etc.)
  4. 4Presentar la solicitud electrónicamente a través de la sede electrónica municipal
  5. 5Esperar a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB); el plazo de presentación será de 20 días hábiles desde el día siguiente a dicha publicación

Dónde: Sede Electrónica del Ayuntamiento de L'Hospitalet de Llobregat (https://seuelectronica.l-h.cat/)

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/912927Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
Ir a la convocatoria

Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.