Ayudalíza
FUNDACIÓN PARA EL ANCLAJE EMPRESARIAL Y LA FORMACIÓN PARA EL EMPLEO

Subvenciones destinadas a fomentar el autoempleo en Tierra de Campos. Mínimis general. Reg.(UE)2023/2831. Resolución del 05/06/2023, del Presidente de la Comisión Ejecutiva de Anclaje de FAFECYL

ImporteHasta 525.000 €
Plazo de solicitudHasta 15 ene 2027
Estadoabierta

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Descripción

Subvenciones en régimen de concesión directa destinadas a apoyar a emprendedores que se hayan dado de alta como trabajadores por cuenta propia (autónomos) en el RETA o mutualidad de colegio profesional entre el 17 de marzo y el 31 de diciembre de 2026, en municipios de la comarca de Tierra de Campos (Castilla y León), financiadas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma con un presupuesto total de 600.000 €.

Requisitos

  • Cumplir los requisitos establecidos en la Base 4ª de la Orden EYH/1114/2024, de 25 de octubre
  • No estar incurso en los supuestos de exclusión de la Base 5ª de la Orden EYH/1114/2024 ni en las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
  • Acreditar el cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, conforme al artículo 3.2 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre
  • Cumplir con la obligación legal prevista en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres
  • Haber causado alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente entre el 17 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2026, ambos inclusive
  • No superar los límites de ayudas de minimis: 300.000 € en tres años (general), 50.000 € en sector agrícola, o 750.000 € en servicios de interés económico general

Documentación necesaria

  • Documento de identidad de la persona solicitante (solo si deniega la autorización de verificación de datos de carácter personal)
  • Documentación acreditativa de la representación, en su caso, según formulario disponible en la sede electrónica
  • Vida laboral de la persona solicitante referida a los seis meses inmediatamente anteriores al alta en RETA o mutualidad (solo si deniega la verificación)
  • Para mutualistas: solicitud de alta en la Mutualidad del Colegio Profesional y declaración responsable de no haber mantenido la misma actividad durante los seis meses anteriores al alta
  • Certificados de hallarse al corriente de obligaciones tributarias (AEAT) y frente a la Seguridad Social (solo si deniega la verificación)
  • Documentos acreditativos del gasto realizado (facturas, contratos u otros documentos de valor probatorio), con importe igual o superior a 100 € IVA excluido
  • Documentos acreditativos de los pagos correspondientes (transferencias, cheques, efectivo, tarjeta o pago online)
  • Boletín o diario oficial con la resolución de registro del plan de igualdad, o documento de la comisión negociadora, si la entidad está obligada conforme al artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007
  • Documentación acreditativa de estar desempleada e inscrita en el Servicio Público de Empleo como demandante de empleo no ocupada el día del alta (Informe de Periodos de Inscripción)
  • Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT con fecha de alta y localización del centro de trabajo
  • Si es miembro de una entidad sin personalidad jurídica: documentación de constitución, tarjeta de identificación fiscal y certificado de situación censal

Cómo solicitar

  1. 1Cumplimentar la instancia normalizada mediante el formulario disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es), incluyendo las declaraciones responsables y la memoria justificativa del proyecto empresarial
  2. 2Disponer de DNI electrónico o cualquier certificado electrónico reconocido por la Junta de Castilla y León
  3. 3Digitalizar y adjuntar como archivos anexos toda la documentación exigida en el Resuelvo Octavo
  4. 4Presentar la solicitud y la documentación a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León
  5. 5Comprobar la recepción del recibo de confirmación del registro electrónico, que incluye fecha, hora y número de registro
  6. 6En caso de entidades sin personalidad jurídica, cada miembro deberá presentar su solicitud de forma individual

Dónde: Registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, a través de la sede electrónica https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/912323Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.