Ayudalíza
CÁMARA DE COMERCIO DE ALICANTE

Convocatoria Programa Pyme Innova 2026 - Cámara Alicante

Próximamente · pendiente de publicación oficial

ImporteHasta 74.900 €
Plazo de solicitudHasta 6 jul 2026
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Descripción

Programa promovido por la Cámara de Comercio de Alicante, cofinanciado por el FEDER (POPE 2021-2027), dirigido a PYMES de su demarcación para mejorar su competitividad mediante la innovación. Ofrece gratuitamente un Diagnóstico Asistido en Innovación (Fase I) y ayudas económicas de hasta 4.494 € por empresa (60% del coste elegible, máximo 7.490 €) para implantar soluciones innovadoras (Fase II).

Requisitos

  • Ser una pequeña y mediana empresa (PYME) conforme al Anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014, válidamente constituida y ejerciendo una actividad económica
  • Quedan excluidas: comunidades de bienes, sociedades civiles, UTEs, asociaciones, fundaciones, entidades sin ánimo de lucro, autónomos societarios y autónomos colaboradores
  • Estar dado de alta de manera continuada en el Censo del IAE antes del 1 de enero de 2024, en actividad objeto de subvención (excluidos producción primaria agrícola, pesquera y acuícola)
  • Tener una facturación mínima de 100.000 € en la última anualidad
  • Tener el domicilio social y/o centro productivo destinatario del Programa en un municipio de la demarcación de la Cámara de Comercio de Alicante
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • No estar incurso en ninguna prohibición del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • No tener la consideración de empresa en crisis (art. 2.18 del Reglamento UE nº 651/2014)
  • Cumplir la norma de minimis: no superar 300.000 € de ayudas de minimis en los tres años previos a una misma empresa (Reglamento UE 2023/2831)
  • No haber realizado el Diagnóstico Asistido en Innovación con posterioridad al 31/12/2023 (para acceder a la Fase I)
  • No haber sido beneficiario de la Fase II de implantación en convocatorias anteriores del Programa con posterioridad al 31/12/2023
  • Para acceder directamente a la Fase II: haber participado en la anualidad anterior en la Fase I del Programa Pyme Innova o en un programa similar de asesoramiento en innovación de organismos públicos o Cámaras de Comercio

Documentación necesaria

  • Declaración responsable del cumplimiento de las condiciones de participación (Anexo III de la convocatoria)
  • Declaración anual de IVA del último año finalizado, o cualquier otro documento oficial del último año disponible que permita comprobar la facturación mínima de 100.000 €
  • Copia de la convocatoria del programa público en el que se haya realizado el asesoramiento previo (para acceso directo a Fase II)
  • Informe de asesoramiento en innovación con el contenido mínimo exigido (caracterización de la empresa, áreas estratégicas de mejora y propuesta de proyectos prioritarios), para acceso directo a Fase II
  • Poder de representación de la persona firmante de la solicitud (si es requerido)
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias expedido por la AEAT (si es requerido)
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social expedido por la TGSS (si es requerido)
  • Certificado de Situación Censal expedido por la AEAT (si es requerido)

Cómo solicitar

  1. 1Consultar la convocatoria y sus anexos en la Sede electrónica de la Cámara (https://sede.camara.es/sede/alicante) o en www.camaralicante.com
  2. 2Acceder a la Sede electrónica una vez abierto el plazo (a las 09:00 h, 5 días hábiles después de la publicación del extracto en el BOP de Alicante) y cumplimentar el formulario de solicitud con todos los campos obligatorios
  3. 3Disponer de certificado electrónico reconocido admitido por la Sede electrónica para firmar la solicitud
  4. 4Adjuntar al formulario la documentación obligatoria correspondiente
  5. 5Firmar electrónicamente la solicitud y presentarla telemáticamente a través de la Sede electrónica antes de las 14:00 h del 6 de julio de 2026
  6. 6En caso de que la solicitud contenga errores subsanables, atender el requerimiento de subsanación en el plazo de 10 días hábiles desde su recepción
  7. 7Esperar la resolución, que será comunicada individualmente a través de la Sede electrónica en un plazo máximo de 6 meses desde la publicación de la convocatoria
  8. 8Consultar el listado de admitidos, denegados y lista de espera en https://www.camaralicante.com

Dónde: Sede electrónica de la Cámara de Comercio de Alicante: https://sede.camara.es/sede/alicante

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/912392Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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