DECRETO DEL ALCALDE 0575/26 DE 2 JUNIO, CONVOCATORIA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CON DESTINO A FAMILIAS DEL MUNICIPIO CON DESTINO A SUFRAGAR LOS GASTOS GENERALES DERIVADOS DE LA EDUCACIÓN DE SUS HIJAS/OS O MENORES A CARGO ESCOLARIZADOS 2025/2026
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Descripción
El Ayuntamiento de Iurreta concede ayudas económicas en régimen de concurrencia competitiva a las familias empadronadas en el municipio para sufragar parte de los gastos generales de educación de sus hijos o menores a cargo escolarizados durante el curso 2025/2026, desde Educación Infantil (2 años) hasta 4º de ESO. El importe oscila entre 45 € y 75 € por hijo en función del nivel educativo y el número de miembros de la unidad familiar, con un crédito presupuestario total de 8.500 €.
Requisitos
- Que toda la unidad familiar esté empadronada en el municipio de Iurreta con una antigüedad mínima desde el 1 de enero de 2025
- Tener hijos/as o menores a cargo escolarizados desde Educación Infantil (2 años) hasta 4º de ESO (incluido), empadronados en el mismo domicilio del solicitante con antigüedad mínima desde el 1 de enero de 2025
- Compromiso de asegurar la adecuada escolarización de los hijos/menores a cargo y de cumplir los requerimientos de profesores, centros educativos y administración educativa
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 6 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Iurreta
- No tener pendiente ningún procedimiento de reintegro o sanción en el ámbito de subvenciones del Ayuntamiento de Iurreta
- No superar los umbrales de renta familiar establecidos (44.100 € para unidades familiares de hasta 4 miembros; 56.700 € para unidades de más de 4 miembros)
Documentación necesaria
- Solicitud debidamente cumplimentada según el modelo del Anexo I
- Justificantes de los ingresos obtenidos durante el ejercicio 2024 por los miembros computables no obligados a presentar declaración del IRPF (rendimientos del trabajo, prestaciones por desempleo, pensiones, ayudas sociales, rendimientos de bienes inmuebles, etc.)
- En caso de oponerse a la verificación por interoperabilidad, documentación acreditativa correspondiente y motivos de la oposición
- Cualquier otro dato o documento que el Ayuntamiento requiera por imposibilidad técnica de interoperabilidad
Cómo solicitar
- 1Obtener el modelo de solicitud (Anexo I) disponible en el Servicio de Atención al Ciudadano (HAZ) y en la web municipal www.iurreta.eus
- 2Cumplimentar la solicitud indicando los miembros de la unidad familiar y el nivel educativo de los hijos
- 3Reunir la documentación justificativa de ingresos cuando proceda
- 4Presentar la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento de Iurreta, o presencialmente en el Servicio de Atención al Ciudadano (HAZ), Bidebarrieta kalea 5, 48215 Iurreta (Bizkaia)
- 5También puede presentarse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
- 6Si la solicitud es incompleta o presenta defectos subsanables, se requerirá al solicitante para que subsane en el plazo máximo de 10 días hábiles
- 7Esperar la resolución, que será dictada por el Alcalde en el plazo máximo de 3 meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes
Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de Iurreta o presencialmente en el Servicio de Atención al Ciudadano (HAZ), Bidebarrieta kalea 5, 48215 Iurreta (Bizkaia)
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