Resolución de la consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para proyectos prevención S.N.D.
Análisis con IA para tu perfil
Mira un breve anuncio y la IA evaluará tu compatibilidad con esta ayuda (nivel, puntuación y explicación) — o evita los anuncios con Premium.
Descripción
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para municipios menores de 10.000 habitantes y mancomunidades de Cantabria, destinadas a financiar proyectos de envejecimiento activo y prevención de la soledad no deseada en personas mayores y personas con discapacidad durante 2026. La cuantía máxima total de la convocatoria es de 450.000 euros.
Requisitos
- Ser municipio menor de 10.000 habitantes o mancomunidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria (según cifras del Padrón Municipal del INE a 1 de enero de 2025)
- Haber comunicado por escrito a la Dirección General de Dependencia, Atención Sociosanitaria y Soledad no Deseada la implantación de los servicios previstos en el artículo 1 de la Orden ISO/08/2025, salvo que ya figure inscrito en el Registro regulado por el Decreto 40/2008
- Tener disponibilidad jurídica del inmueble donde se desarrolle el proyecto, que deberá contar al menos con: sala de usos múltiples (usable como comedor), servicio adaptado de mínimo 4 m² con círculo inscribible de 1,5 m de diámetro y equipado con lavabo sin pedestal e inodoro con barras, y despacho para actividades administrativas
- No estar incurso en ninguna de las circunstancias de prohibición previstas en el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria
- Estar al corriente de las obligaciones con la Hacienda Pública (estatal y autonómica) y con la Tesorería General de la Seguridad Social
- Presentar un máximo de un proyecto por cada uno de los inmuebles que reúnan los requisitos del artículo 2.3 de la Orden ISO/08/2025
Documentación necesaria
- Anexo I: Solicitud cumplimentada y firmada por el/la representante legal de la entidad, dirigida a la persona titular de la Consejería
- Anexo II: Memoria explicativa del proyecto y presupuesto del proyecto para el que se solicita la subvención
- Anexo III: Certificación expedida por el/la Secretario/a-Interventor/a u órgano de control equivalente de la entidad local relativa a la resolución adoptada por el órgano competente por la que se acuerda solicitar la subvención
- Declaración responsable de haber recibido y/o solicitado otras subvenciones para la misma finalidad, indicando entidad concedente e importe
- Declaración responsable de no estar incurso en causas de incompatibilidad o prohibición (artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006)
- Declaración responsable de veracidad de los datos reflejados en la solicitud y documentación, y de la cuenta bancaria
- Declaración responsable de estar al corriente con Hacienda Pública (estatal y autonómica) y con la Tesorería General de la Seguridad Social
- Declaración responsable de ostentar la disponibilidad jurídica del inmueble y de que sus dependencias cumplen las condiciones del artículo 2.3 de la Orden ISO/08/2025
- Certificados de estar al corriente con la Hacienda Pública y la Seguridad Social (solo si no se autoriza expresamente a la Administración a recabar dichos datos)
Cómo solicitar
- 1Descargar el modelo de solicitud (Anexo I) y los modelos complementarios (Anexo II y Anexo III) desde el Portal Institucional del Gobierno de Cantabria (http://www.cantabria.es, apartado Atención a la Ciudadanía 012 - Ayudas y Subvenciones)
- 2Cumplimentar y firmar la solicitud por el/la representante legal de la entidad local, incorporando las declaraciones responsables exigidas
- 3Elaborar la memoria explicativa del proyecto y su presupuesto (Anexo II)
- 4Obtener la certificación del Secretario/a-Interventor/a u órgano de control equivalente sobre el acuerdo del órgano competente de solicitar la subvención (Anexo III)
- 5Autorizar expresamente, si se desea, la consulta de datos tributarios y de cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social y con la Administración autonómica; en caso contrario, aportar los certificados acreditativos correspondientes
- 6Presentar la solicitud y toda la documentación a través del Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, disponible en la Sede Electrónica (https://sede.cantabria.es/), conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015
- 7Si la solicitud presenta defectos o resulta incompleta, subsanar en el plazo de diez días hábiles desde el requerimiento; en caso contrario, se tendrá por desistido de la solicitud
- 8Esperar la valoración por el Comité de valoración, la propuesta de resolución provisional y, en su caso, la notificación individual por medios electrónicos de la propuesta de concesión
- 9El plazo de presentación es de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria
Dónde: Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, a través de la Sede Electrónica del Gobierno de Cantabria (https://sede.cantabria.es/)
Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.