Beca de formación para personas graduadas en Derecho, para la Dirección General de Turismo
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Descripción
Beca de formación en régimen de concurrencia competitiva dirigida a personas graduadas en Derecho, destinada al Servicio de Ordenación, Gestión y Calidad del Turismo de Navarra, con una duración inicial aproximada de 3 meses (prorrogable hasta 3 años). La persona becada percibe 1.055,00 euros brutos mensuales (1.200,00 euros de presupuesto mensual máximo, incluida la cotización a la Seguridad Social) y realiza prácticas formativas en normativa turística, gestión de procedimientos administrativos y contratos menores.
Requisitos
- Ser mayor de edad
- Ser de nacionalidad española, de un Estado miembro de la UE o de un Estado con Tratados Internacionales que contemplen la libre circulación de trabajadores (los no españoles deberán acreditar capacitación en lengua castellana)
- Tener plena capacidad de obrar y no estar inhabilitado/a para obtener ayudas y subvenciones públicas conforme al artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005
- Estar empadronado/a en Navarra desde al menos un año antes de la fecha de publicación de la convocatoria
- Estar en posesión del título universitario de graduado en Derecho, expedido u homologado por autoridades españolas
- Haber obtenido el título requerido dentro de los tres años inmediatamente anteriores a la publicación de la convocatoria
- No estar incapacitado/a físicamente ni padecer enfermedad que impida el desarrollo de la actividad formativa
Documentación necesaria
- Fotocopia del DNI o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad
- Certificado de empadronamiento en Navarra (al menos con un año de antigüedad a la fecha de la convocatoria)
- Declaraciones responsables recogidas en el Anexo III: cumplimiento de requisitos de la base 5ª, no incurrir en circunstancias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005 y no percibir otras becas de formación de Administraciones Públicas o entidades privadas
- Autorización al Servicio para comprobaciones de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (Anexo IV), o en su defecto certificados acreditativos de estar al corriente
- Fotocopia de la titulación académica de graduado en Derecho
- Certificación académica personal y oficial con calificaciones de todas las materias y nota media del expediente en escala 0 a 10
- Curriculum vitae detallado con los méritos a valorar y documentos acreditativos de los mismos (otros títulos académicos, cursos de formación, participación en proyectos y conocimientos de idiomas)
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar el impreso normalizado del Anexo II de la convocatoria, disponible en la ficha del catálogo de trámites del Portal del Gobierno de Navarra, y firmarlo
- 2Reunir toda la documentación obligatoria señalada en la base 6ª (identidad, empadronamiento, titulación, expediente académico, CV con méritos acreditados y declaraciones responsables)
- 3Presentar la solicitud de forma telemática a través de la ficha correspondiente del catálogo de trámites del Portal del Gobierno de Navarra, accediendo al Registro General Electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra (es necesario certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve)
- 4Alternativamente, presentar la solicitud en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, con la documentación en soporte informático
- 5Si la solicitud es incompleta, el órgano competente requerirá la subsanación en un plazo máximo de 10 días hábiles; en caso de no subsanar, se entenderá desistida la solicitud
- 6La Comisión Evaluadora baremará las solicitudes conforme a los criterios de la base 7ª y elevará propuesta de resolución a la Directora General de Turismo
- 7Esperar la notificación de la resolución de concesión, que se entenderá desestimada si no se notifica en el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación
Dónde: Registro General Electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra (ficha del catálogo de trámites del Portal del Gobierno de Navarra, www.navarra.es), o presencialmente en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
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