Prestaciones Económicas Servicios Sociales
Importe50.00–300 €
Plazo de solicitudHasta 27 abr 2026
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Descripción
Regula las prestaciones económicas municipales de Servicios Sociales para personas o unidades familiares con insuficiencia de medios económicos, dirigidas a cubrir necesidades básicas (alimentación, vivienda, energía, salud, material infantil), ayudas para personas con discapacidad o mayores, emergencias sociales y ayudas del Día de Reyes para menores. Las cuantías oscilan entre 50 € y 600 € según el tipo de ayuda.
Requisitos
- Tener nacionalidad española, o ser refugiado, asilado, apátrida, o extranjero residente o transeúnte en los términos del artículo 3 de la Ley 9/87 de Servicios Sociales
- Estar empadronado/a y con residencia efectiva en el municipio con al menos seis meses de antigüedad
- Ser mayor de edad o menor emancipado
- No contar con recursos económicos suficientes: la renta mensual de la unidad familiar no debe superar el IPREM vigente más los incrementos según el número de miembros (1 miembro: IPREM; 2: IPREM+15%; 3: IPREM+30%; 4: IPREM+45%; 5: IPREM+60%; 6: IPREM+75%; 7: IPREM+100%); los miembros con discapacidad ≥33% computan por dos
- No ser propietarios o usufructuarios de bienes inmuebles urbanos, salvo vivienda habitual, garaje y trastero
- Aceptación expresa de las condiciones del diseño de intervención social
Documentación necesaria
- Modelo de solicitud según Anexo I
- Fotocopia del DNI del solicitante y miembros de la unidad familiar; NIE o pasaporte para extranjeros, asilados o apátridas
- Libro de familia, en caso de menores a cargo
- Fotocopia de la declaración de la renta del ejercicio anterior o certificado de la Agencia Tributaria de estar exento
- Justificante de ingresos económicos mensuales (pensión, contrato y nómina, base de cotización de autónomos, DARDE y certificado de prestaciones del Servicio Canario de Empleo, matrícula de estudiantes mayores de 16 años)
- Declaración responsable según Anexo II (no haber recibido otras ayudas para la misma finalidad, autorización para recabar información y no estar incurso en artículo 13 LGS)
- Alta a Terceros según Anexo III, en caso de pago por transferencia bancaria
- Presupuestos de gastos (mínimo dos) cuando origine la petición
- Certificado de minusvalía (obligatorio para ayudas individuales a personas con discapacidad)
- Copia de sentencia y convenio regulador en caso de separación o divorcio
- Certificado de catastro de bienes inmuebles o autorización según Anexo IV
- Para ayudas de alquiler o hipoteca: contrato de arrendamiento o préstamo hipotecario y último recibo
- Para ayudas de energía eléctrica y/o agua: copia de recibos y/o declaración jurada
- Para ayudas Día de Reyes: documento acreditativo de la patria potestad y guarda y custodia de menores de 1 a 14 años
Cómo solicitar
- 1Cumplimentar la instancia normalizada (Anexo I) y reunir la documentación exigida
- 2Presentar la solicitud en el Servicio de Atención Ciudadana (SAC) del Ayuntamiento de Candelaria
- 3El SAC verifica que la documentación se ajusta al modelo de solicitud
- 4Si hay defectos, se notifica al solicitante para subsanarlos en un plazo de 10 días, con apercibimiento de desistimiento
- 5El SAC remite el expediente al Servicio de Información, Orientación y Valoración de Servicios Sociales
- 6El personal administrativo comprueba los datos del padrón de habitantes y concierta cita con el/la trabajador/a social
- 7El/la trabajador/a social valora la solicitud y emite informe con el historial social y diseño de intervención
- 8Se resuelve conforme al protocolo y a la Ley 30/1992, comprobando el cumplimiento de requisitos
- 9La trabajadora social puede requerir documentación adicional para la valoración socioeconómica
Dónde: Servicio de Atención Ciudadana (SAC) del Ayuntamiento de Candelaria
Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/910390Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
Ir a la convocatoriaAyudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.