Ayudalíza
AYUNTAMIENTO DE CANDELARIA

Prestaciones Económicas Servicios Sociales

Importe50.00–300 €
Plazo de solicitudHasta 27 abr 2026
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Descripción

Protocolo que regula las prestaciones económicas (ayudas/subvenciones) de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Candelaria para atender necesidades sociales de personas físicas o unidades familiares con insuficiencia de recursos. Incluye ayudas puntuales, para personas con discapacidad, personas mayores, de emergencia social y para el Día de Reyes, con cuantías que oscilan entre 50€ (Reyes por niño) y 600€ (barreras arquitectónicas o emergencia social).

Requisitos

  • Tener nacionalidad española, o condición de refugiado, asilado, apátrida, o extranjero residente/transeúnte en los términos del artículo 3 de la Ley 9/1987 de Servicios Sociales
  • Estar empadronado/a y con residencia efectiva en el municipio con al menos seis meses de antigüedad
  • Ser mayor de edad o menor emancipado
  • No contar con recursos económicos suficientes: la renta mensual de la unidad familiar no debe superar el IPREM más los porcentajes indicados según el número de miembros (1 miembro: IPREM; 2: IPREM+15%; 3: IPREM+30%; 4: IPREM+45%; 5: IPREM+60%; 6: IPREM+75%; 7 o más: IPREM+100%)
  • No ser propietario o usufructuario la unidad familiar de bienes de naturaleza urbana, excepto vivienda, garaje y trastero de uso habitual
  • Aceptación expresa por parte del usuario de las condiciones del diseño de intervención social
  • Los transeúntes en situación de extrema necesidad quedan eximidos de los anteriores requisitos, previo informe de los técnicos municipales de Servicios Sociales

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud según Anexo I
  • Fotocopia del DNI del solicitante, en su caso de su representante, y miembros de la unidad familiar; NIE o pasaporte para extranjeros, apátridas y asilados
  • Libro de familia, en caso de menores a su cargo
  • Fotocopia de la declaración de la renta del ejercicio fiscal anterior o certificado de la Agencia Tributaria de estar exento
  • Justificante de ingresos económicos mensuales (pensionistas: documento acreditativo de pensión; trabajadores por cuenta ajena: contrato y última nómina; autónomos: base de cotización; desempleados: DARDE y certificado de prestaciones; estudiantes mayores de 16 años: matrícula)
  • Declaración responsable según Anexo II (sobre no haber recibido ayudas para el mismo destino, autorización a la administración y no estar incurso en artículo 13 LGS)
  • Alta a Terceros según Anexo III, en caso de transferencia bancaria
  • Presupuestos de gastos (mínimo 2) cuando originen la petición
  • Certificado de minusvalía (obligatorio para Ayudas Individuales a personas con limitación en la actividad)
  • Copia de sentencia y convenio regulador en caso de separación o divorcio
  • Certificado de catastro de bienes inmuebles o autorización al Ayuntamiento (Anexo IV)
  • Para ayudas de alquiler/hipoteca: contrato de arrendamiento y último recibo, o préstamo hipotecario y último recibo
  • Para ayudas de energía eléctrica/agua: copia de recibos o declaración jurada
  • Para ayudas Día de Reyes: documento acreditativo de patria potestad y guarda y custodia del menor

Cómo solicitar

  1. 1Presentar la solicitud en instancias normalizadas en el Servicio de Atención Ciudadana (SAC) del Ayuntamiento, junto con la documentación exigida
  2. 2El personal del SAC verifica que la documentación se ajusta al modelo de solicitud y abre el expediente
  3. 3Si la solicitud o documentación tiene defectos, se notifica al interesado concediendo 10 días para subsanarlos; en caso contrario se declara desistido y se archiva
  4. 4El SAC remite la solicitud y documentación a Servicios Sociales
  5. 5El Servicio de Información, Orientación y Valoración evalúa y tramita las ayudas (salvo las de Drogodependencias, Menores y Familia, Igualdad, Mayores y Discapacidad)
  6. 6El personal administrativo comprueba datos del padrón de habitantes y concierta cita con el/la trabajador/a social
  7. 7El/la trabajador/a social realiza la valoración y emite informe social con el historial y diseño de intervención personalizado
  8. 8Se resuelve conforme al protocolo y a la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

Dónde: Servicio de Atención Ciudadana (SAC) del Ayuntamiento de Candelaria

Fuente oficial https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/910392Datos extraídos el 19 jun 2026 · verifica siempre la convocatoria vigente
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Ayudalíza es una herramienta orientativa. No tramita ni gestiona ayudas, ni sustituye a la información oficial.